Por mandato del TEEO avalan candidatura pluri de Morena
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Por mandato del TEEO avalan candidatura pluri de Morena

Admiten registro al abanderado del PT- NAO y PUP


Foto: internet – ilustrativa // El árbitro electoral local continua con la aprobación de cambios en las candidaturas de los partidos Morena y aliancistas.
Foto: internet – ilustrativa // El árbitro electoral local continua con la aprobación de cambios en las candidaturas de los partidos Morena y aliancistas.

A menos de un mes para la celebración de los comicios concurrentes, el árbitro electoral local continua con la aprobación de cambios en las candidaturas de los partidos Morena y aliancistas como Nueva Alianza, PT y PUP.

Tras el análisis, el pleno del consejo general del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), aprobó el registro de la candidatura a diputada propietaria al Congreso del Estado por el principio de representación proporcional, postulada por el Partido Político Morena en la primera fórmula.

Al respecto, la consejera electoral Nayma Enríquez Estrada, pidió que en los antecedentes del acuerdo se registre que se presentaron ante el Consejo General las solicitudes de registro de candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional.

Cabe recordar que fue el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ( (TEEO) quien determinó la inaplicación del artículo 21, fracción 6 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca; y el artículo  6, numeral 6,  de los lineamientos en materia de paridad y acciones afirmativas, emitidos por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), mismos que restringían el registro de la candidatura de Kelly Jannet Cabrera González, como propietaria en la primera fórmula, por el principio de representación proporcional, en la elección de diputaciones, por parte de Morena.

Lo anterior, ya que fue sancionada por actos constitutivos de  violencia política contra las mujeres en razón de género.

 

 

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La resolución de los  juicios acumulados JDC/146/2024 y RA-21-2024, aprobada por unanimidad del Pleno de este Órgano Jurisdiccional, señala que  la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se han pronunciado, en casos anteriores, respecto a que no encuadra en los preceptos constitucionales, la restricción para postularse a un cargo de elección popular, si se ha sido sancionado o sancionada por violencia política contra las mujeres en razón de género.

El Tribunal expuso que dicha violencia debe ser dictada por tribunales penales, de acuerdo con los criterios expuestos por la Corte y el TEPJF, ya que esta restricción a la postulación, no está permitida a las autoridades electorales.

Ya en la sesión del IEEPCO, añadieron los casos por el principio de mayoría relativa y concejalías a los ayuntamientos que se rigen por partidos políticos, incluyendo la postulación a concejalías para el ayuntamiento a Santa Cruz Xoxocotlán presentada por Nueva Alianza en lo individual.

Los consejeros aprobaron el registro de la candidatura común conformada por los partidos políticos del Trabajo, Unidad Popular y Nueva Alianza Oaxaca para la elección de concejalías al ayuntamiento del municipio de Santa Cruz Xoxocotlán.

Explicaron que el 6 de abril de 2024, llegó al Instituto un escrito firmado por Nueva Alianza, Partido del Trabajo y Partido Unión Popular, remitiendo documentación de candidatura común para el municipio, que incluía el convenio de candidatura común, con fecha 18 de marzo e ingresándolo el 6 de abril.


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