Rechaza Condusef que patrones descuenten créditos a empleados
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Rechaza Condusef que patrones descuenten créditos a empleados

Los créditos de nómina contienen vacíos e inconsistencias, señala


Rechaza Condusef que patrones descuenten créditos a empleados | El Imparcial de Oaxaca
Foto: Cámara de Diputados / La discusión para que patrones cobren créditos “a lo chino” ha dividido a la alianza oficialista

Para la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la reforma de ley que establece la “cobranza delegada” en los créditos de nómina, contiene vacíos e inconsistencias.

Desde su punto de vista, dichas lagunas deben solventarse con el único objetivo de proteger a las personas y es contrario al principio de progresividad establecido en el artículo 1 Constitucional.

Recordó que desde la presentación del dictamen en el Senado, planteó consideraciones dirigidas a proteger los intereses de los trabajadores-usuarios de los créditos de nómina con cobranza delegada, que actualmente operan al margen de cualquier disposición.

Esto, porque es contrario al principio de progresividad establecido en el artículo 1° Constitucional, en el cual se establece que los derechos no pueden limitarse, restringirse, eliminarse o desconocerse (regresividad) de forma alguna en perjuicio de los ciudadanos.

Y al contener disposiciones que van en contra de lo previsto por los artículos 97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo y 38 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (tope de endeudamiento del 30%), así como los criterios del Poder Judicial que tutelan los derechos de protección al salario del trabajador.

Explica que crear la libranza con carácter de irrevocable es una medida que limita totalmente la posibilidad de que los usuarios cambien de institución o tipo de crédito, si éste no resulta conveniente, o bien, encuentran otro esquema de refinanciamiento más benéfico, independientemente de que la diferencia en tasas sea mucha o poca.

Reconoce que la capacidad de endeudamiento de una persona no debe exceder el 35% de su percepción o ingresos netos, de ninguna forma sobre sus ingresos ordinarios o brutos.

Subraya que la percepción neta es en realidad el margen estricto de maniobra y de gasto que tienen los ciudadanos para subsistir.

Reitera que, cuando una persona compromete más allá del 35% de su ingreso neto, tiene un alto riesgo de impago y, como consecuencia, conflictos económicos, familiares y personales, producto de un sobreendeudamiento.

Alerta que el sobreendeudamiento al que ha estado expuesta una parte considerable de los empleados del sector público a nivel federal, estatal y municipal, ha propiciado que un alto número de trabajadores reciban cantidades muy por debajo del nivel de subsistencia, lo que genera un severo problema social, de sobrevivencia, así como un total desinterés por las labores que se desempeñan en el servicio público.

Incluso alerta que el Costo Anual Total (CAT) promedio que ofrecen las instituciones financieras denominadas Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (SOFOM, ENR), conocidas coloquialmente como “nomineras”, exceden las tasas de interés que por créditos de nómina o créditos personales ofrecen otros agentes del sistema financiero mexicano, por ejemplo, los bancos.