Escaso interés en Oaxaca por revocación de mandato
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Escaso interés en Oaxaca por revocación de mandato

Oaxaca registró solamente 122 avisos de intención de ciudadanos y organizaciones para promover la revocación de mandato.


Escaso interés en Oaxaca por revocación de mandato | El Imparcial de Oaxaca

Pese a la importante aceptación del presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, Oaxaca registró solamente 122 avisos de intención de ciudadanos y organizaciones para promover la revocación de mandato.

A nivel nacional, el Instituto Nacional Electoral (INE) recibió 23 mil 906 avisos de intención por parte de ciudadanos, así como de organizaciones que buscan constituirse como promoventes, el cual en caso de obtener el apoyo ciudadano, habrá de celebrarse el 27 de marzo de 2022.

De acuerdo con lo establecido en los lineamientos, hasta el 15 de octubre, el órgano electoral recibió en sus 32 Juntas Locales y las 300 Distritales las solicitudes que habrán de detonar el proceso de participación directa.

Los estados ubicados en el top de intención de promoción del ejercicio ciudadanos se ubica Veracruz con 7 mil 237, Sinaloa con 4 mil 620, Estado de México con 3 mil 682 y  Ciudad de México con mil 193. 

Por lo que en los próximos días la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP), revisará la documentación a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos y con ello dar a conocer la lista final de quienes estarán en posibilidades de recabar firmas.

Los lineamientos para organizar la revocación de mandato, establecen que cada uno de los avisos de intención debió ser presentado en original y con firma autógrafa y estar acompañado de una cuenta de correo electrónico para el acceso a la aplicación informática que se utilizará para recabar las firmas de apoyo de la ciudadanía.

Para los ciudadanos que presentaron su solicitud en lo individual, únicamente se requirió copia simple de su credencial para votar, en tanto que las asociaciones civiles debieron anexar copia certificada de su acta constitutiva.

Mientras que en el caso de las organizaciones fue necesaria la presentación en original o copia certificada del acta o minuta de asamblea que acredita su constitución y el acta o minuta de la asamblea en la que se acredita la personalidad de quien o quienes suscriben el aviso de intención para constituirse como promoventes.

También  se debió anexar carta firmada por la persona o  representante legal en la que acepta notificaciones vía correo electrónico, sobre todo lo relacionado con el procedimiento de petición de revocación de mandato.


aa

 

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