Aclaran notarios la baja para operaciones remotas
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Aclaran notarios la baja para operaciones remotas

SAT complicó inscripciones de RFC a personas morales


Aclaran notarios la baja para operaciones remotas | El Imparcial de Oaxaca

El día de ayer la presidenta del Colegio de Notarios para el estado de Oaxaca, Guadalupe Díaz Carranza, dio a conocer una carta sobre una información difundida por medios nacionales y retomada por EL IMPARCIAL, El Mejor Diario de Oaxaca. Al respecto, señala que “En relación a la lista publicada por el SAT que habla de la cancelación de mil 425 Fedatarios Públicos a nivel nacional que estaban adheridos al “esquema de inscripción al RFC a través de Fedatarios Públicos, por medios remotos”, el Consejo Estatal de Notarios del estado de Oaxaca, que agrupa a todos los notarios oaxaqueños, hace la siguiente aclaración:

“Este esquema nació hace más de una década, a raíz de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) solicitó el auxilio al Notariado mexicano para que, por medios remotos, los Notarios pudieran inscribir en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a las empresas o personas morales que se constituyeran ante ellos.

En un principio fue sencilla dicha inscripción, por lo que muchos clientes preferían el servicio del Notario para inscribir a sus empresas porque les facilitaba el trámite y les evitaba perder tiempo al acudir personalmente ante las propias oficinas del SAT. Sin embargo, la actualización de la plataforma tecnológica del SAT volvió muy complicado el uso de esa herramienta y, por ese motivo, varios notarios paulatinamente se fueron dando de baja de ese sistema o muchos de ellos no presentaron su aviso de renovación de vigencia del esquema de inscripción aludido.

Ahora bien, la referida lista publicada este miércoles por el SAT a nivel nacional, y que incluye a 23 Notarios oaxaqueños, quiere decir que estos fedatarios únicamente no podrán inscribir en el RFC, desde sus oficinas, a las empresas o sociedades que se constituyan ante su Fe.

De ahora en adelante, sucederá lo siguiente: esos fedatarios únicamente dejarán de coadyuvar con el Sistema de Administración Tributaria, como se explica en párrafos anteriores. Lo que ellos hacían bajo ese esquema remoto lo seguirá haciendo de manera directa el SAT, tal y como lo venía haciendo de manera paralela a los fedatarios aludidos.

Los citados Notarios podrán seguir constituyendo sociedades mercantiles o empresas, sólo que ahora los representantes de esos entes tendrán que acudir directamente ante las oficinas del SAT a darles de alta ante el RFC, con las consecuentes pérdidas de tiempo y accesibilidad que eso traerá consigo, esas notarías seguirán funcionando normalmente y ofreciendo los demás servicios al público en general para los que están facultadas. Las escrituras y demás documentos o actos pasados ante su Fe seguirán teniendo plena validez oficial. 

Finalmente, es preciso aclarar también que es absolutamente falso que dichos Fedatarios se encuentren en supuestas listas negras o tengan implicación alguna con investigaciones por lavado de dinero, o que se dediquen a crear empresas factureras. Esos son temas totalmente ajenos al asunto aquí aclarado”, concluye la carta.