Actualizan UMA con un aumento del 3.15%
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión


Oaxaca

Actualizan UMA con un aumento del 3.15%

El nuevo valor diario de la Unidad de Medida y Actualización es de 89.62 pesos


Actualizan UMA con un aumento del 3.15% | El Imparcial de Oaxaca

A partir del 1 de enero de 2021, el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es de 89.62 pesos mexicanos, el valor mensual es de 2,724.45 pesos y el anual de 32,693.40 pesos. La variación en comparación con 2020 es de 3.15 por ciento.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) dio a conocer que la actualización del valor de la UMA tendrá vigencia durante 2021, hasta diciembre de 2020 su valor era de 86.88 pesos.

La UMA es la unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.

El Instituto informó que de acuerdo con el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo, la actualización se debe realizar anualmente.

Para ello se multiplica la UMA inmediata anterior por el resultado de la suma de uno más el crecimiento porcentual interanual de diciembre del año inmediato anterior del INPC.

En algunos impuestos y multas que se aplican en los municipios, se considera en base al valor de la UMA, por lo que este año habrá un incremento a nivel municipal y estatal.

El cálculo del valor de la UMA es una tarea que corresponde al INEGI y se fundamenta en el artículo 26, apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo, así como el artículo 23 fracción XX Bis del Reglamento Interior del INEGI.

 

 

--------------------------------------
---------------------------------------