Aun sin candidato, el TEPJF avala el Frente
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Nacional

Aun sin candidato, el TEPJF avala el Frente

Descarta por unanimidad que PAN, PRD y MC violen la ley; los magistrados concluyen que el convenio no tiene carácter electoral y su objetivo es divulgar contenido ideológico de grupos que lo integran.


Aun sin candidato, el TEPJF avala el Frente | El Imparcial de Oaxaca

México

El Tribunal Electoral avaló la conformación del Frente Ciudadano por México, integrado por PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, tras concluir que no tiene carácter electoral y su objetivo es divulgar el contenido ideológico de los institutos políticos que lo integran.

Los magistrados de la Sala Superior desecharon la queja del PRI, que alegó invalidez con el argumento de que en la sesión en la cual se aprobó el representante del PAN introdujo una modificación de última hora.

La magistrada ponente, Mónica Soto, señaló que la Ley General de Partidos Políticos no establece prohibición alguna para la conformación de frentes durante el desarrollo de un proceso electoral y diferenció un frente de un convenio de coalición, porque en el primer caso no hay una connotación electoral.

Destacó que constitucionalmente las autoridades electorales no pueden intervenir en asuntos internos de los partidos y deben respetar su vida interna, privilegiando su derecho a la autoorganización en la elaboración de documentos básicos, el establecimiento de requisitos y mecanismos para la libre y voluntaria afiliación de ciudadanos, la elección de los integrantes de sus órganos de dirección y los procesos deliberativos para la definición de estrategias políticas y electorales, y en general para la toma de decisiones.

Así, por unanimidad de votos, la Sala Superior confirmó el acuerdo INE/CG435/2017, por el que aprobó el 29 de septiembre del año en curso, la solicitud de registro del convenio presentado por los partidos del frente.

Al resolver el recurso de apelación identificado con el expediente SUP-RAP-682/2017, interpuesto por el PRI, consideró infundados los agravios relativos a la invalidez del convenio de constitución del Frente Ciudadano por México.

El PRI partió del supuesto inexacto de que la modificación a dicho convenio fue de carácter sustancial, pero solo consistió en reforzar la motivación relativa a las fuentes de financiamiento que podrá tener el frente, en concordancia con lo dispuesto por el Reglamento de Fiscalización.

De ahí que el TEPJF determinó infundados los agravios relativos a la supuesta invalidez de la constitución del frente político en un proceso electoral.

El partido recurrente también sostenía que, con la aprobación, el INE incumplió con las normas que regulan las distintas formas de asociación de los partidos políticos, lo que, en su concepto, representaba un fraude a la ley.

CIERRE DE FILAS POR MÉXICO

El jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, dijo que la reunión que mantuvo con líderes de diferentes corrientes del PRD se trató de un “cierre de filas por México”; destacó que estuvo presente la presidenta nacional del PRD, Alejandra Barrales, pero que “se tuvo que ir temprano”.

Informó que se reunió con Juan Pardinas, director del Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco), quien se mostró a favor de que la elección del candidato del frente sea de manera transparente y cerca de la ciudadanía.

Mancera declaró que alentó a Pardinas a involucrarse en el proceso, pues le agregaría “un toque ciudadano muy importante a la competencia”. También se comunicó vía telefónica con Jorge Castañeda, con quien habló de encontrar un método de elección de candidato y la posibilidad de que también participe.

CLAVES

MONITOREO VA

El TEPJF confirmó la legalidad del acuerdo del INE relativo al monitoreo y análisis del contenido de transmisiones de radio y TV para 2018.

Morena apeló el convenio el pasado 3 de noviembre, argumentando que se apartaba del orden jurídico por incompleto y parcial.

Para los magistrados del TEPJF, el INE es el responsable de llevar dicho monitoreo y solo se auxilia de alguna institución educativa superior.