Emilio Lozoya obtiene prisión domiciliaria
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Emilio Lozoya obtiene prisión domiciliaria

Tras 27 meses en prisión, juez ordenó que el exdirector de Pemex salga de la cárcel


Emilio Lozoya obtiene prisión domiciliaria | El Imparcial de Oaxaca

Este martes 20 de febrero, se ha informado que Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (PEMEX), abandonará la prisión preventiva justificada para ser trasladado a prisión domiciliaria. Esta decisión se produce después de un proceso legal que ha durado más de 25 meses y está relacionado con el caso de corrupción de Odebrecht.

Un Tribunal Colegiado ha ordenado el cambio de medida cautelar contra Lozoya Austin, lo que significa que el exfuncionario del sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto saldrá del Reclusorio Norte para cumplir arresto domiciliario portando un brazalete electrónico.

El magistrado Juan Pedro Contreras Navarro, integrante del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal, ha propuesto conceder la protección de la justicia al exfuncionario, considerando que no existe riesgo de que evada la acción de la justicia. Sin embargo, hasta el momento, el Tribunal no ha hecho pública la versión de la resolución.

La Fiscalía General de la República (FGR) ha afirmado que Lozoya no ha ganado ningún juicio al que el Ministerio Público de la Federación lo ha sometido. Además, se han excluido pruebas obtenidas lícitamente por la Fiscalía en Brasil y Suiza, lo cual viola tratados internacionales válidos que México ha suscrito.

Además, se ha destacado que el Juez Gerardo Genaro Alarcón López excluyó injustamente a Lozoya de su responsabilidad en el pago por la reparación del daño en el caso de Agronitrogenados. Esta decisión se basó en el argumento de que dicho pago ya lo había realizado otra persona, lo cual no exime la responsabilidad directa de Lozoya según lo establecido en el artículo 30 del Código Penal Federal.

A pesar de que Lozoya fue aprehendido en España después de haberse dado a la fuga, el Juez de Amparo Juan Pedro Contreras Navarro ha decidido dejarlo en libertad procesal para que continúe su juicio, argumentando que no existe riesgo de que evada la acción de la justicia.