En Ecatepec ganan amparo para recibir agua diario
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En Ecatepec ganan amparo para recibir agua diario

Se beneficiarán residentes de 154 colonias del municipio


En Ecatepec ganan amparo para recibir agua diario | El Imparcial de Oaxaca
Foto: Internet

En una decisión trascendental, los residentes de 154 colonias del Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, han obtenido un amparo que dicta a las autoridades locales la obligación de suministrar al menos 50 litros de agua potable diarios por persona. La resolución fue emitida por el Juzgado Décimo de Distrito del Estado de México, a cargo del juez René Ramos Pérez.

El amparo, derivado de la demanda interpuesta en el año 2020 durante la pandemia por Covid-19, responde a la falta de agua potable experimentada por los habitantes afectados durante la emergencia sanitaria. La Organización Mundial de la Salud (OMS) destacó la importancia del acceso continuo y suficiente al agua potable para implementar medidas de limpieza e higiene, como el lavado de manos, fundamentales para combatir la propagación del virus.

En su resolución, el juez Ramos Pérez señaló que las autoridades municipales fueron omisas en supervisar y garantizar que el suministro de agua se distribuyera adecuadamente por la red hidráulica del municipio. Además, instó a exhibir los programas implementados para preservar o reparar la infraestructura hídrica.

La sentencia destaca que la concesión del amparo beneficia a los residentes de la Quinta Zona de Ecatepec, quienes, aunque no estén al corriente en sus cuotas, cuentan con un contrato de suministro de agua. El fallo establece un plazo de diez días para que las autoridades presenten los programas destinados a conservar, preservar o reparar la infraestructura, incluyendo la “Línea Metropolitana”, que hasta ahora muestra un avance del 40% después de más de diez años.

Además, el juez ordenó a las autoridades estatales informar sobre el estado de la obra y solicitó a la gobernadora Delfina Gómez Álvarez proporcionar detalles sobre su situación.

La versión pública de la sentencia revela que las autoridades denunciadas por las omisiones incluyen al gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza, el presidente municipal de Ecatepec de Morelos, el Vocal Ejecutivo de la Comisión del Agua del Estado de México (CAEM), la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), el organismo de Cuenca Aguas del Valle de México, el Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y la dirección local del Estado de México de la Comisión Nacional del Agua.

Entre las omisiones señaladas en la demanda de amparo se encuentra la falta de suministro de agua via red hidráulica para satisfacer el uso mínimo diario por habitante, poniendo en riesgo la salud de la población durante la pandemia. También se denunció la falta de vigilancia y supervisión en el suministro de agua, así como inequidades en su distribución dentro del municipio.

El juez Ramos Pérez destacó que el derecho al agua está reconocido en la Constitución y en instrumentos internacionales, subrayando que es un bien social y cultural. La Dirección General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (SAPASE) de Ecatepec de Morelos tiene la responsabilidad de distribuir agua a los domicilios, garantizando que sea suficiente, saludable, accesible, asequible y de calidad. Además, las autoridades deben corrobora que el agua sea salubre y no contenga microorganismos, sustancias químicas o radiactivas que pongan en peligro la salud de las personas.