Avanzan elecciones por Sistemas Normativos
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Avanzan elecciones por Sistemas Normativos

En el municipio de San Baltazar Yatzachi El Bajo, por segundo periodo consecutivo, eligieron a una mujer como presidenta municipal, quien fungirá en su cargo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2021.


Avanzan elecciones por Sistemas Normativos | El Imparcial de Oaxaca

Al calificar como válidas las asambleas comunitarias, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) avanza en las elecciones por Sistemas Normativos Indígenas.

Fueron válidas las asambleas comunitarias de elección de autoridades municipales de San Cristóbal Lachirioag, San Juan Yatzona, San Pablo Yaganiza, Santiago Lalopa y San Baltazar Yatzachi El Bajo.

También calificaron como válida la elección de autoridades comunitarias de Santiago Xiacuí, donde tal como se indica en el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-22/2020, dicha autoridad únicamente tiene reconocimiento y validez jurídica en el ámbito de la comunidad cabecera.

Asimismo, el Instituto Electoral local calificó la elección extraordinaria de Concejales al Ayuntamiento del municipio de Santa María Chimalapa, con lo que da cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 

En el acuerdo IEEPCO-CG-SNI23/2020 se calificó como válida la elección extraordinaria de la Presidencia municipal, Sindicatura y Regiduría de Hacienda del citado municipio.

Mediante acuerdo IEEPCO-CG-24/2020, el Consejo General del IEEPCO emitió un exhorto a los ayuntamientos para que si su sistema normativo permite la elección consecutiva o reelección para un mismo cargo, mediante Asambleas Generales Comunitarias determinen las reglas bajo las cuales se dará la misma.

Todo esto para evitar conflictos ante la ausencia de normas consuetudinarias, en el marco de los derechos humanos y el principio de igualdad de los pueblos y comunidades indígenas.

Asimismo, convocó a que determinen la procedencia de la elección consecutiva o reelección, para que a través de sus autoridades municipales implementen programas de capacitación para acercar información a sus integrantes respecto de dicho tema.

Impulsen medidas para que la ciudadanía tenga conocimiento de la importancia de establecer reglas de funcionamiento para la reelección consecutiva de sus autoridades municipales, y para que emitan sus propias normas y puedan regular las formas de convivencia interna, siempre que no exista una vulneración a los derechos humanos.

Fueron válidas las siguientes asambleas comunitarias de elección de autoridades municipales:

  • San Cristóbal Lachirioag
  • San Juan Yatzona
  • San Pablo Yaganiza
  • Santiago Lalopa
  • San Baltazar Yatzachi El Bajo.

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