El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), revocó el dictamen y convocatoria emitida por las autoridades de la capital oaxaqueña, para la elección de autoridades en Agencias Municipales y de Policía; por vulnerar el principio de paridad y alternancia de género.
Por unanimidad, el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, indicó que dicha convocatoria no establece los lineamientos específicos y deja en estado de incertidumbre a las personas interesadas, específicamente a las mujeres.
En consecuencia, mediante la resolución del juicio ciudadano con clave JDC/35/2025, el TEEO ordenó al Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, emita una nueva convocatoria que contemple la instrumentalización de la paridad y alternancia de género, en las Agencias Municipales y de Policía que no se rigen por sus usos y costumbres, únicamente.
Reglas de paridad
En 2022, el Tribunal elaboró reglas para tutelar el principio de paridad instrumentando la alternancia de género que integró en su Bando de Policía y Gobierno, las cuales fueron validadas por la Sala Regional Xalapa.
Aún cuando estas fueron derogadas, no es posible que las reglas sean desconocidas, ya que en las mismas se reconocen como un piso mínimo, dentro del derecho de participación de las mujeres.
La Comisión de Gobierno de Territorio, Normatividad, Nomenclatura, de Mercados y Comercio en Vía Público del Municipio de Oaxaca de Juárez, ese mismo año, emitió el Dictamen por el que se designan candidaturas exclusivas para mujeres en las agencias de Pueblo Nuevo, San Juan Chapultepec, Dolores y Cinco Señores.
En ese mismo juicio, el Pleno desestimó los agravios respecto a la vulneración del principio de equidad de la contienda y la difusión de la convocatoria; ya que en el primero, no se advierte la obligación legal del municipio para establecer topes a los gastos de campaña y la convocatoria fue difundida mediante la Gaceta Municipal Digital.
Desestiman queja en Huatulco
Por otro lado, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos con clave: JDCI/76/2024, este Tribunal declaró infundados los agravios en contra del Agente de Policía y Consejo Comunitario de San José Cuajinicuil del Municipio de Santa María Huatulco.
Indígenas de esa comunidad impugnaron la convocatoria emitida para la elección de sus autoridades, bajo el argumento de no estar facultados para ello, así como el cambio a su método de elección.
Desde una perspectiva intercultural, este Tribunal analizó dicho juicio y señaló que el veinte de octubre de dos mil veintitrés, la Comunidad de Cuajinicuil, mediante Asamblea General Comunitaria. aprobó el documento denominado “Estatutos Comunitarios”, en donde establecieron las reglas para su elección y cambio a su sistema normativo interno, la cual es válida.
Así mismo, el Agente de Policía en conjunto con el Consejo Comunitario de Cuajinicuil, son las autoridades encargadas de emitir la convocatoria, conforme al artículo 14 de sus Estatutos Comunitarios.