Por considerar cuestionable el proceso legislativo que derivó en las reformas que contemplan la desaparición del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca (IAIP), el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para evitar la desaparición del órgano garante en la entidad oaxaqueña.
Esto deriva de las reformas al apartado C del Artículo 114 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca que aprobaron el 14 de abril las y los diputados de la 64 Legislatura del congreso local, en el cual se plantea la extinción del IAIP para crear el Órgano Garante de Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno.
Tras su aprobación, el Decreto fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca el pasado 1 de junio del 2021; sin embargo, las y los comisionados del INAI consideraron tres puntos importantes para recurrir al máximo tribunal del país.
El Comisionado Adrián Alcalá Méndez del INAI destacó que la acción de inconstitucionalidad deriva porque la Reforma afecta los principios que regulan los ejercicios de los derechos fundamentales de acceso a la información y protección de datos personales.
“Es cuestionable cómo se llevó a cabo el proceso legislativo para la desaparición del órgano garante, además, pone en riesgo la garantía de los derechos de acceso a la información y acceso a datos personales, puesto que no se prevé qué pasará en el período necesario para que se instale un nuevo organismo garante”.
QUE IAIP SE DEFIENDA
De la misma manera, el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, se mostró a favor para que el titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, como representante legal del Instituto Nacional interponga esta acción.
“Es importante hacer valer la trascendencia del ejercicio selectivo y prudencial de llevar a examen de constitucionalidad ante el máximo tribunal del país casos que consideramos por escrúpulo y por el ejercicio consciente de un deber para que sea la máxima autoridad judicial la que determine la interpretación constitucional, si es que como lo consideramos existen”.
Dijo que se consideran también como elementos la posible violación de la autonomía y del derecho de permanencia de las instituciones creadas conforme a los procedimientos que establece el Artículo Sexto de la Constitucion. “Por esa razón elevamos esta consideración en espera de la resolución de la Suprema Corte”, manifestó.
PERJUDICAN EL ACCESO A LA INFORMACIÓN
Por su parte, la Comisionada Josefina Román Vergara, expuso que desde la aprobación de la Reforma el INAI ha advertido que las modificaciones pudieran causar un perjuicio al derecho al acceso a la información y al derecho a la protección de datos personales de la sociedad oaxaqueña.
“No se establecen con claridad los mecanismos a partir de los cuales se garantizarían estos dos derechos fundamentales y queda entredicho que pasaría con el personal y el pleno que integran actualmente el IAIP”.
Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada Presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, consideró que esta acción de inconstitucionalidad permitirá que el máximo tribunal del país determine si la reforma a la constitucional de Oaxaca en material de acceso a la información y protección de datos personales, “se apega a los máximos previstos en nuestra constituciÓn federal para garantizar esos derechos humanos”.
“Estamos seguros que la resolución que emita la Suprema Corte de Justicia será un instrumento que nos dote de seguridad jurídica y se asegurará que exista la homogeneidad de nuestro sistema en materia de transparencia y sobre todo en las leyes locales”, afirmó.
Luego que el acuerdo fue aprobado por el Pleno del INAI, el comisionado del IAIP, Fernando Gómez Cuevas, agradeció el apoyo y acompañamiento de sus compañeros a nivel nacional hacia el órgano garante.
Confirmó que los tres puntos importantes que se consideran para esta acción son: la forma en la que se realizó el proceso legislativo. “La desaparición del órgano garante local pone en riesgo la garantía de los derechos de acceso a la información y protección de datos, y la posibilidad de que se puedan recurrir las resoluciones del Instituto local a través del Consejero Jurídico”.