Todos los mexicanos serán 'donadores de órganos' a menos que no sea su voluntad
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Nacional

Todos los mexicanos serán ‘donadores de órganos’ a menos que no sea su voluntad

El pleno del Senado de la República aprobó modificaciones a la Ley General de Salud en materia de donación de órganos.


Todos los mexicanos serán ‘donadores de órganos’ a menos que no sea su voluntad | El Imparcial de Oaxaca

Con esta reforma, prácticamente todos los mexicanos mayores de edad nos convertimos en presuntos donadores de órganos.

Se establece que “toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente, a menos que haya manifestado su voluntad de no serlo”.

La donación en materia de órganos, tejidos, células y cadáveres, consiste en el consentimiento presunto o expreso de la persona mayor de edad para que, en vida o después de su muerte, su cuerpo o cualquiera de sus componentes se utilicen para trasplantes.

Si usted decide no ser un donador potencial deberá expresarlo por escrito o a través de medios electrónicos. Esto podrá ser privado o público y la constancia obligatoriamente incluiría la firma del ciudadano.

Podrá constar en alguno de los documentos públicos o medios electrónicos que para este propósito determine la Secretaría de Salud.

Usted también podrá determinar en su escrito si desea sólo donar algunos órganos o componentes de su cuerpo.

En la ley se aclara que sólo podrán ser extraídos para trasplantes y que procederá únicamente cuando se haya confirmado la pérdida de vida del donante.

El consentimiento establece las siguientes excepciones:

  • Que sea otorgado por menores de edad, incapaces o por personas que por cualquier circunstancia se encuentren impedidas para expresarlo libremente. En estos casos no será válido.
  • Cuando sea otorgado por una mujer embarazada sólo será admisible si el receptor estuviere en peligro de muerte, y siempre que no implique riesgo para la salud de la mujer o del producto de la concepción.

La reforma señala que será el Centro Nacional de Trasplantes y los centros estatales de trasplantes, en el ámbito de sus respectivas competencias, las que harán constar el mérito y altruismo del donador y de su familia.

Estas instituciones garantizarán que ni el receptor de un trasplante o su familia conozcan la identidad del donante ni que los familiares del donante conozcan la identidad del receptor.

La reforma a la Ley General de Salud fue aprobada con 75 votos a favor y una abstención.

Se envió de inmediato a la Cámara de Diputados para su ratificación.