Interpone fiscalía recursos en caso de Bradley Roland Will
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Interpone fiscalía recursos en caso de Bradley Roland Will

Juez le otorga el amparo federal, a Lenin Osorio, contra el auto de formal prisión; es señalado por el crimen del periodista Bradley Roland Will, ocurrido el 27 de octubre de 2006


La Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) se inconformó con el resultado de la resolución emitida por el juez Segundo de Distrito, Fidel Gallegos Figueroa, quien le otorgó la protección federal al profesor Lenin Emelio Osorio Ortega contra el auto de formal prisión del 1 de marzo del 2018, dictada por el juez Segundo de lo Penal, como presunto responsable del delito de homicidio simple.

Según la Fiscalía, Lenin fue señalado de ultimar el 27 de octubre de 2006 al periodista estadounidense Bradley Roland Will, tras dispararle de larga distancia en calles del municipio de Santa Lucía del Camino durante un enfrentamiento entre vecinos y simpatizantes de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO).

Con tal sentencia, la autoridad judicial confirma el dictamen del perito defensor de Lenin, quien determinó que los disparos que dieron muerte a Brad fueron hechos de corta distancia.

Con ello, desmintió la versión presentada por la Fiscalía durante una conferencia de prensa, en la cual informaron de la captura de Lenin el 23 de mayo de 2012, y mostraron mediante un peritaje que los disparos se realizaron a larga distancia.

Además el juez de Distrito ordenó a su homólogo Segundo que deje sin efecto el auto de formal prisión del 1 de marzo de 2018, dictada en la causa penal 82/2012 y emita otro nuevo.

Además, debe de analizar el cuerpo del delito de homicidio simple, la probable responsabilidad del quejoso y dejar de considerar los testimonios de Guadalupe Efrén V. G., José Manuel G.A., Miguel C.M., Jaime G.G., Leonel M.C., Leonardo O. C., Javier L. S., Karol Iván I.E. y Artemio O.M.

Asimismo, cuando estudie la probable responsabilidad del quejoso tendría que restar valor probatorio a los testigos, toda vez que dichos atestes no observaron que haya sido Lenin quien disparó contra el camarógrafo.

Por ello deberá restar valor probatorio al testimonio del testigo de cargo José Manuel G.A., y por las pruebas de inspección que por la posición en que se encontraba dicho ateste y por la prueba de inspección ocular que se realizó en el video Brad Will final tape 102706, resultaba imposible que dicho ateste hubiese podido ver al quejoso en el instante de la lesión mortal de la víctima.

El auto del juez Segundo de lo Penal dictado a Lenin por homicidio simple, se debió a que el enfrentamiento se dio entre dos grupos, uno de ellos realizaba actos de protesta contra el Estado mediante bloqueo y barricadas en diversos puntos de la capital oaxaqueña, APPO, y otro identificado en esa ocasión con el gobernador Ulises Ruiz.

 

Dictámenes

Según el expediente penal expediente penal 82/2012, a finales de mayo de 2012, durante la presentación de la detención de Lenin, el entonces fiscal de Investigación en Delitos de Trascendencia Social, Samuel Castellano Piñón explicó que, con base en los dictámenes presentados por peritos, el indiciado realizó los dos disparos que dieron muerte al activista extranjero, ya que estaba ubicado en lo alto de una vivienda de cuatro metros de altura.

Durante la presentación de fotografías, el perito en criminalística, Elías Salvador Ramírez precisó que desde la azotea de una vivienda fueron realizados los dos disparos y quedó descartado que el camarógrafo fuera lesionado con un segundo disparo durante el trayecto al hospital para recibir asistencia médica.

Con el apoyo de gráficas mencionó que los disparos fueron realizados a una distancia de 43 metros y penetraron, uno en la parte alta del abdomen (en la boca del estómago) y otro más a un costado derecho.

El camarógrafo de la empresa Indymedia fue herido en la calle Calicanto, donde lo auxiliaron, lo subieron al automóvil Volkswagen, Sedán, color blanco, con placas de circulación del Estado de México, conducido por Édgar Navarro, acompañado del doctor Guillermo Ruiz Avelino, quien iba atendiendo a Brad.

En la calzada de la República se apagó el automóvil al quedarse sin gasolina y por ello le pidieron el apoyo a un señor, quien a bordo de la camioneta Dodge de 3/4, modelo 1980, trasladó a Bradley a la Cruz Roja, pero éste ya había fallecido.

 

El conflicto

La protesta fue resultado de la exigencia de la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, de pedir al gobernador Ulises Ruiz que presentara su licencia al cargo, luego de que le hicieron saber peticiones del movimiento, el 1 de mayo de 2006.

Más tarde inició el plantón indefinido en el Centro Histórico oaxaqueño, y para mediados el mes de junio, se daba paso a la creación de la APPO.

Para septiembre, la tensión generada por el plantón, las movilizaciones, así como enfrentamientos y confrontaciones directas, derivó en el lanzamiento de un ultimátum por parte del gobernador, quien amagó con la eliminación de contratos del magisterio y su reemplazo serían personas jubiladas para que atendieran la impartición de clases a partir del día lunes 25 de ese mes.

Mientras avanzaba la llamada “resistencia solidaria” con presencia en diversos puntos de Oaxaca, algunos estados y en la capital del país, el gobierno federal enviaba apoyo táctico para acabar con la problemática, por lo cual, arribaron tropas militares a través de dos desembarcos en los puertos de Salina Cruz y Huatulco.

Tras cinco meses de conflicto político-social, se produjo el estallido y los grupos abrieron fuego contra la barricada, en el lugar, quedaron 23 personas heridas, la mayor parte de ellos maestros, murieron cuatro personas, entre ellos, Brad Will, quien recibió dos impactos de bala detonados de una pistola calibre .22.


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