Más al poder
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Entre columnas

Más al poder

 


Lord Dalberg-Acton sostenía que, el poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente, situación que nos ha costado entender a través de los abusos del poder que se han realizado de manera legal durante años y años de la existencia de la humanidad,  pues durante los inicios de la creación del Estado como concepto de organización humana, Thomas Hobbes justificaba el concepto de Soberanía, entendiendo la misma como la autoridad que emana del poder político, misma que es absoluta, perpetua, indivisible, inalienable e imprescriptible, bajo la idea que tenía que existir un elemento regulador de la conducta del hombre para evitar que se destruyera así mismo como especie, pues se pensaba que el hombre es el lobo del hombre, es decir, el depredador de su propia especie.

 

Lo anterior generó que se creyera que existen personas que nacen con el derecho divino de gobernar, y los demás, con la obligación de ser gobernados, por lo que el ejercicio del poder público se encontraba sujeto a los caprichos u ocurrencias de los soberanos, generando como consecuencia, miserias en los pueblos, razón por la que, durante la ilustración, Charles Louis de Secondat,  Señor de la Bréde y barón de Montesquieu desarrolló la teoría de la división poderes para generar un equilibrio necesario en el ejercicio del poder público,  situación que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos retoma en los artículos 39 y 41, al referir lo siguiente: “La Soberanía Nacional reside y esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste… El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión…”

 

Recordemos que hace casi 15 años, el 6 de Septiembre de 2006, cuándo el Tribunal Electoral dio la ventaja a Felipe Calderón en la contienda por la Presidencia de la República por un 0.56% el actual Presidente, Andrés Manuel López Obrador, pronunció en su mitin la frase, que hoy parece profética: “Al diablo las instituciones”, misma que hoy en día ha cumplido desde el ejercicio del poder.

 

Una de las instituciones más importantes  es el Juicio de Amparo consagrado en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual es un medio de control constitucional que sirve para proteger a los particulares de los actos de autoridad que sean emitidos en contravención de la propia Constitución Política Federal y los derechos humanos de los gobernados, y en virtud que el cambio de situación jurídica puede generar agravios irreparables al quejoso, se contempla la figura de la suspensión, como una medida cautelar por medio de la cual, el órgano jurisdiccional que conoce del juicio de garantías, ordena a las autoridades señaladas como responsables que mantengan paralizada su actuación hasta que se resuelva en definitiva sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de sus actos; es en sí, la detención del acto reclamado para que, o no nazca, o no continúe, y es temporal, es decir, no definitiva, para conservar la materia del juicio y no comprometer el criterio del juzgador.

 

Es una figura regulada por la Ley de Amparo y sería sumamente peligroso que su aplicación esté sujeta a presiones políticas, ya sea del propio poder judicial, o de un poder diverso, como lo es el ejecutivo.

 

Es por eso tan preocupante que, el pasado 15 de marzo del año en curso, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, desde su “mañanera” haya anunciado que solicitaría se investigara al Juez Federal Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo especializado en materia económica por haber concedido un amparo contra la Ley en materia energética, argumentando que es a través de los frenos legales como actúan personas, organizaciones y empresas afines al “antiguo régimen”, que en función de sus intereses, tenían como modus operandi la “corrupción e influyentísimo”, enviando incluso una carta al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo Federal de la Judicatura, Magistrado Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, se lleve a cabo una investigación para establecer la actuación del Juez Gómez Fierro, cuando existen medios ordinarios de defensa y recursos que el Presidente de la República puede hacer valer, sin necesidad de mediatizar el presente asunto.

 

Es preocupante, que en un estado de derecho como en el que vivimos, en el cual las instituciones que lo conforman son creadas para garantizar las libertades y los derechos humanos de la población, desde un poder se busque inhibir el ejercicio profesional de la abogacía, así como la autonomía plena que debe tener la actuación judicial, más en el ejercicio del control concentrado de constitucionalidad, pues es una realidad que los jueces de distrito necesitan contar con la seguridad que podrán ejercer su función constitucional sin señalamientos, amenazas o presión de ningún tipo; nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho.

 

 

Es cuanto.

Jaime Alejandro Velázquez Martínez.

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