Elección de ayuntamiento, Municipio de Oaxaca de Juárez. Su rescate
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Elección de ayuntamiento, Municipio de Oaxaca de Juárez. Su rescate

 


La Semana Santa periodo difícil de prueba en la etapa de la pandemia cuyos efectos se empezarán a sentir en los próximos días, tanto en cuanto a contagios como en lo político respecto de la elección de representantes populares y ayuntamientos, en la que el electorado emite su opinión respecto de lo que quiere, como habitante, resaltando la que corresponde al ayuntamiento del municipio de Oaxaca de Juárez, pues  como muchas otras actividades que se han restringido, las campañas de  los pretendientes a integrar el gobierno municipal, o sus colaboradores no están a salvo de coronavirus y, adicionalmente los eventos masivos no podrán llevarse a cabo como se acostumbraba con las caravanas de acarreados, pues la responsabilidad sanitaria sería grave.

Ante esta compleja situación las campañas electorales relacionadas con la obtención de votos ligada a la oferta política de los aspirantes a integrar el ayuntamiento, se dará en un breve plazo en  el que deben llevarse a cabo los actos relacionados con ese objetivo, siendo evidente que los mismos tendrán características diversas a las habituales, pues la entrega de tortas y de cuota por número de asistente se afectara y, los estrategas u operadores, tendrán que renovar acciones para buscar esquivar la supervisión y vigilancia del INE que evite sancione a los candidatos como lo estamos viendo en otros casos a nivel federal y local.

A pesar de estos obligados obstáculos que la pandemia impone observar, es relevante pensar como habitantes con derechos y obligaciones del Municipio de Oaxaca de Juárez, cuáles son las cuestiones que competen al ayuntamiento administrar y que actos debe llevará cabo como tercer nivel de gobierno y ente Político, pues su actividad oficial ha sido pulverizada a pesar de las reformas constitucionales que le garantizan su libertad y autonomía que precisamente lo ubican en esos ámbitos, respecto de los cuales existe poco conocimiento de lo que podemos exigir y a lo que estamos obligados como miembros de esta comunidad.

Constitucionalmente el municipio tiene a cargo servicios relevantes para la comunidad en razón de las atribuciones que la Constitución le otorga como nivel de gobierno para que la ejerza por medio del Ayuntamiento, de manera que tiene a su cargo las funciones y servicios públicos de Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; alumbrado público; limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; mercados y centrales de abasto; panteones;  rastro; calles, parques y jardines y su equipamiento; seguridad pública, policía preventiva municipal y tránsito. La Legislatura local según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera, podrá asignarle otros servicios.

Los ayuntamientos tienen facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes que expide la legislatura del Estado, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

Desde luego en la responsabilidad de los municipios y de su gobierno, se  conjugan con diferencias, los poderes ejecutivo, encargado de la administración y representación política a cargo del Presidente en turno; la legislativa que realizan los ayuntamientos como órganos que emiten los bandos y reglamentos y actos de gobierno cuando resuelven acerca de cuestiones que afecten el orden, seguridad y paz en el territorio municipal cuyo cumplimiento material corresponde al presidente, de ahí que su complicado y abundante orden jurídico se denomine bandos de policía, buen gobierno y administración municipal, orden que debe adecuarse al del Estado de Oaxaca y la Federación en cuanto comparten ciertas facultades como en cuestiones de monumentos o el centro histórico; cuenta con órgano jurisdiccional que lo es el Alcalde Municipal para cuestiones menores.

Esta estructura comprende el tema de los servicios que son los que más interés tienen para la colectividad y que deben orientar el sentido del sufragio que debemos emitir próximamente con vista en las propuestas de los candidatos a presidente municipal e integrantes de sus planillas que constituyan compromisos específicos de mejoramiento en los mismos de cada uno de los integrantes de cada tendencia que participe con el fin de visualizar con transparencia como van actuar en favor de la comunidad y no conviertan las sesiones de cabildo en campos de batallas partidistas y arreglos para acomodar a sus simpatizantes, pues ello mantiene a la ciudad con servicios deficientes, en materia de racionalización del transporte público, ambulantaje, seguridad, permisos y autorizaciones, dilación, vías de transito deterioradas, insuficiente servicio de limpia, jardines descuidados, entre otros que son visibles.

Debemos enfocarnos a exigir la participación comunitaria exigente e independiente que controle y sea garante del ejercicio del próximo ayuntamiento que propicie una mejora de los servicios para los habitantes y que sea instrumento de denuncia cuando se desvíe de su objetivo.

Para ello es necesario hacer conciencia de nuestros derechos y obligaciones respecto a los servicios que debe otorgarnos la municipalidad como herramienta para desterrar que el próximo ayuntamiento sea en un canal de distribución de favores económicos y de poder. Precisamos rescatar con nuestro voto la dignidad del municipio y su ayuntamiento por ser el gobierno más cercano y propio de la población.

 

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