Emergencia vs contingencia sanitaria
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Opinión

Emergencia vs contingencia sanitaria

 


La gravedad de confundir con tecnicismos al país

 

Mi intensión no es ser alarmista, sino objetivo. Nuestro planeta atraviesa por uno de los momentos más complejos de los últimos tiempos para el ser humano. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), al día en que escribo esta columna, en el mundo existen al menos 754 mil 948 casos de personas contagiadas de Coronavirus (o Covid-19), y 36 mil 571 muertes ocasionadas por esta enfermedad (es decir, aproximadamente el 5% de quienes contraen el virus). En México, de acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría de Salud, hay más de mil 2 casos confirmados y más de 3 mil casos sospechosos de personas que contrajeron el Covid-19. Asimismo, se han registrado 29 defunciones por esta misma causa.

 

Entre los países con mayor número de casos confirmados son Estados Unidos (140 mil 640), Italia (101 mil 739), España (85 mil 195), China (82 mil 545), Alemania (61 mil 913) y Francia (43 mil 977). Los países con mayor índice de muertes asociadas al virus son Italia y España (11 mil 519 y 7 mil 340 respectivamente). Lo interesante de todo esto es que, a pesar de que en China apareció por primera vez este virus, no es el país con el mayor número de casos confirmados ni de muertes causadas por el Covid-19.

 

El temor de la comunidad internacional es la velocidad de propagación. La última semana del 23 al 30 de marzo, el número de contagios se ha elevado exponencialmente. A inicios de la semana pasada, el número de contagios confirmados era de aproximadamente 370 mil, y a finales de esa misma semana terminó en alrededor de 754 mil casos.

 

Ante este escenario, los gobiernos de todo el mundo han adoptado ciertas estrategias para reducir la propagación del virus entre sus habitantes. Entre las medidas más importantes está la reducción del número de visitantes extranjeros, limitar el tránsito de personas, suspensión de labores, entre otros. Con éstas, los gobiernos esperan lograr su cometido.

 

Empero, en un mundo tan complejo e integrado como el de nuestros tiempos, cualquier estrategia que sea adoptada por los gobiernos de los países para erradicar el Coronavirus, causaran inevitablemente daños colaterales a la economía. Por ello, los gobiernos y los integrantes del sector productivo de diversos países han adoptado, en su conjunto, políticas que buscarán disminuir dichos efectos económicos.

 

En nuestro país estas medidas llegaron un poco tarde. Hasta hace algunos días el Gobierno Federal enviaba mensajes completamente contradictorios. Un día el Presidente de la República invitaba a no asustarse y a mantener el mismo contacto físico entre personas, mientras sus funcionarios, sudando, explicaban que debíamos hacer lo contrario.

 

Bajo este escenario, es que, durante los últimos días, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Salud y Consejo de Salubridad General han publicado en el Diario Oficial de la Federación distintos acuerdos:

 

  1. Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid19).

 

  1. Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19).

 

  1. Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2.

 

En estos acuerdos, el Gobierno Federal ordena la suspensión de labores de las empresas cuyas actividades son consideradas como no esenciales. Sin embargo, el contenido y redacción de los precitados acuerdos dejan muchas dudas: ¿Se trata o no de una declaratoria de contingencia sanitaria? ¿Son obligatorias o no la suspensión de labores? ¿A qué empresas aplica esta medida? ¿Deben pagarse los sueldos íntegros a los empleados suspendidos?

 

Todas estas dudas han sido objeto de diversos debates en foros (todos ellos electrónicos) de abogados y de empresas. Empero persisten la multiplicidad de interpretaciones. El Gobierno Federal, para evitar quizá confrontaciones con el sector productivo y los trabajadores, dejaron todo en la ambivalencia, en lo no claro, en la incertidumbre jurídica. Como en otros muchos casos, endosó a las empresas y a los trabajadores la decisión sobre la implementación de la suspensión de labores. Por cierto, ante esta vorágine de dudas, la Secretaría del Trabajo ha desaparecido completamente del escenario público. Ha omitido cualquier tipo de posicionamiento.

 

Lo cierto es que en estos momentos la incertidumbre y el miedo imperan. Si el Gobierno Federal no define lo que quiere decir, en términos de las relaciones de trabajo, sus tres escuetos y confusos Acuerdos, estará fomentando irregularidades legales y, por ende, litigios. Creo, en lo personal, que la función de éstos es aclarar lo más pronto posible pues, entre otras cosas, deben de saber que no todas las empresas en México soportan el pago de sueldos y salarios íntegros por un mes, de todos sus trabajadores en el escenario de emergencia que vive nuestro mundo.