Debe IEEPCO asignar recursos a Fuerza por México en Oaxaca
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Debe IEEPCO asignar recursos a Fuerza por México en Oaxaca

Se confirmó su registro como partido político local


Debe IEEPCO asignar recursos a Fuerza por México en Oaxaca | El Imparcial de Oaxaca
Foto: internet / ilustrativa

El consejo general del IEEPCO deberá redistribuir el financiamiento público de lo que resta del 2022, para que el partido Fuerza por México Oaxaca una vez confirmado su registro como partido local, pueda acceder a los recursos públicos correspondientes.

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca confirmó el registro de Fuerza por México, como partido político local y ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) modifique el acuerdo en cuestión, a efecto de que se pronuncie directamente respecto a la redistribución del financiamiento público para los partidos políticos registrados y acreditados.

Al resolver el Recurso de Apelación con clave RA/205/2022 y su acumulado RA/206/2022, el pleno del Órgano Jurisdiccional señaló que los agravios ofrecidos por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI), son infundados e ineficaces para controvertir los razonamientos que sustentaron la decisión del Consejo General de otorgar el registro.

Infundados, porque el término para presentar la solicitud de registro como partido político local, no pudo ser computado a partir de la notificación, que se realizó a las partes, del último juicio que se resolvió de la cadena impugnativa del proceso-electoral 2020-2021, detallaron los magistrados locales.

Sumado a que los partidos promoventes no controvirtieron frontalmente las razones esenciales del IEEPCO; sus argumentos se centraron en establecer que, existe un trato diferenciado en favor del referido partido político, sin que se argumente, por qué se considera así.

Y además, la parte actora propuso realizar un análisis sistemático y funcional, utilizando porciones de la Constitución estatal que han sido declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En cuanto a la decisión del Consejo General del IEEPCO, de turnar a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas, Partidos Políticos y Candidatos Independientes el redistribuir directamente el financiamiento público para los partidos políticos registrados y acreditados, una vez otorgado el registro a Fuerza por México, el TEEO la consideró indebida.

Ya que, conforme a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, esto es una atribución específica del Consejo General, la cual, no puede delegar; por esta razón, el Pleno le ordenó pronunciarse directamente.


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