Impulsan colectivos consejo de búsqueda de personas
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Impulsan colectivos consejo de búsqueda de personas

Buscan colocar a representantes en ese cuerpo colegiado


Impulsan colectivos consejo de búsqueda de personas | El Imparcial de Oaxaca
Foto: Luis Cruz / Van por puestos en el Consejo estatal ciudadano en materia de búsqueda de personas

Colectivos de búsqueda de personas desaparecidas en Oaxaca iniciarán la difusión de la convocatoria recién emitida por el Congreso local, para la elección de integrantes del Consejo estatal ciudadano en materia de búsqueda de personas.

En las instalaciones de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), familiares y militantes de los diferentes grupos que se unieron para generar la difusión, expusieron la importancia de esta convocatoria que pronto será publicada en el Diario Oficial.

En conferencia, confiaron que este Consejo estatal sea integrado como marca la ley, se incluyan a familiares de personas desaparecidas y se prioricen a los integrantes de colectivos o grupos que han trabajado por años en la localización de personas.

De la actual Comisión estatal de búsqueda de Oaxaca, señalaron la importancia de conocer cuál ha sido su desempeño y qué falta por hacer, toda vez que cientos de personas en el estado siguen desaparecidas.

Colectivos como “Sabuesos Guerreras Oaxaca”, extensión de “Sabuesos Guerreros Sinaloa”, así como el Movimiento Busco al Mío, Buscando a Todos A.C., entre otros, coincidieron que en el estado se tiene un registro de al menos 400 personas desaparecidas, pero muchas más no se contabilizan por negativa de sus familiares a levantar algún reporte por diversas razones.

De acuerdo a la convocatoria del Congreso local, todas y todos los aspirantes a integrar el Consejo deberán cumplir con una serie de requisitos establecidos por el artículo 39 de la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Oaxaca.

Algunos de estos son: no haber sido condenados por delito doloso, ni resultado responsable de violaciones a derechos humanos en resoluciones jurisdiccionales o de organismos públicos autónomos de derechos humanos de las entidades federativas o del organismo nacional, así como no haber desempeñado cargo en algún partido político, dentro de los cuatro años previos a su nombramiento.


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