Sala Regional Xalapa anula la elección del Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Oaxaca

Sala Regional Xalapa anula la elección del Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán

Se ordenó al IEEPCO, la celebración de elecciones extraordinarias en este municipio


Sala Regional Xalapa anula la elección del Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán | El Imparcial de Oaxaca

En sesión pública virtual, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección de la concejalía del municipio de Santa Cruz Xoxocotlán, al revocar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado Oaxaca (TEEO) que confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo de la citada elección municipal, así como el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez correspondientes.

El Pleno arribó a tal determinación toda vez que el TEEO incumplió con su deber de juzgar bajo el principio de exhaustividad, puesto que realizó una valoración superficial de las pruebas. Por lo que, con plenitud de jurisdicción, se decidió analizar los planteamientos formulados por el partido político Fuerza por México y su candidato, relacionados con la afectación a la equidad en la contienda electoral.

A partir de ello, la magistrada y los magistrados de la Sala valoraron de manera conjunta el material probatorio y determinaron declarar la nulidad de la elección motivo de disenso, ya que ésta se realizó en un contexto de violencia generalizada.

En la sesión se tomó en cuenta que la candidata electa del partido Morena, Tania López hizo uso de los logros del gobierno municipal para promocionarse e, incluso, quedó demostrado que existió injerencia de su esposo, quien es el actual presidente municipal, lo que se tradujo en una afectación al principio de equidad en la contienda.

Consecuentemente, se ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), la celebración de elecciones extraordinarias del municipio de Santa Cruz Xoxocotlán.

En otro tema, la Sala Regional Xalapa confirmó diversas sentencias emitidas por los tribunales electorales de los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco y Veracruz, las cuales, a su vez, confirmaron los cómputos de las elecciones de 20 municipios de dichos estados y de cinco diputaciones locales por el principio de mayoría relativa (MR), celebradas en igual número de distritos del estado de Oaxaca, así como la entrega de las constancias de mayoría y validez respectivas. Todo ello, al resolver 30 juicios de revisión constitucional electoral y cuatro juicios ciudadanos federales.

Con relación al estado de Oaxaca, se confirmaron los cómputos y la entrega de las constancias de mayoría y validez de las elecciones celebradas en los municipios de Miahuatlán de Porfirio Díaz y Santiago Juxtlahuaca, donde resultaron ganadoras las planillas postuladas por los partidos Unidad Popular (PUP) y MORENA, respectivamente.

En cuanto a las elecciones de diputaciones locales por el principio de mayoría relativa llevadas a cabo en el estado de Oaxaca, el Pleno de la Sala confirmó la validez del cómputo de los distritos electorales 03, 06, 11, 17 y 23, así como la entrega de las constancias de mayoría y validez, como a continuación se enumera:

En el distrito 03, con cabecera en Loma Bonita, y en el distrito 23, con cabecera en San Pedro Mixtepec, se confirmaron la entrega de las citadas constancias a las fórmulas postuladas por la coalición “Va por Oaxaca”, conformada por el PAN-PRI-PRD.

Respecto al distrito 06, con cabecera en Huajuapan de León, y al distrito 17, en Tlacolula de Matamoros, de igual manera se confirmaron la entrega de constancias de mayoría y validez a las fórmulas postuladas por el partido político MORENA.

Respecto al distrito 11, con cabecera en Matías Romero Avendaño, se confirmó a la fórmula registrada por la Coalición MORENA-PT y Partido Encuentro Solidario (PES).

Todo lo anterior, al desestimar los agravios expuestos por los demandantes, ya que los tribunales electorales de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco y Veracruz, según cada caso, fueron exhaustivos y motivaron sus determinaciones correctamente, además de que las irregularidades hechas valer no fueron determinantes para modificar o anular.


aa

 

Relacionadas: