Desecha TEEO impugnación contra Independiente 
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Desecha TEEO impugnación contra Independiente 

Ratifican triunfo de Baruch Castellanos en Santa Cruz Amilpas


Desecha TEEO impugnación contra Independiente  | El Imparcial de Oaxaca

El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ratificó ayer los resultados electorales que le dan el triunfo al candidato independiente en Santa Cruz Amilpas, Christian Baruch Castellanos.

De igual forma confirmó los resultados de los cómputos municipales en San Pedro Mixtepec, así como, las declaraciones de validez y el otorgamiento de las Constancias de Mayoría en favor de los candidatos del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y del candidato independiente Christian Baruch Castellanos Rodríguez, respectivamente.

Al analizar los recursos de inconformidad con claves: RIN/EA/31/2021, RIN/EA/32/2021, RIN/EA/33/2021 y RIN/EA/34/2021, los magistrados del órgano jurisdiccional declararon infundados los motivos de disenso hechos valer por los partidos políticos Nueva Alianza, Redes Sociales Progresistas, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática,  respecto a los resultados de la elección de concejales al ayuntamiento de San Pedro Mixtepec.

Durante el análisis consideraron que los actos de violencia presuntamente suscitados durante el desarrollo de la jornada electoral, y posterior a ella, no obstaculizaron el derecho de los ciudadanos a votar.

En cuanto a las casillas señaladas como robadas, el Tribunal Estatal Electoral documentó que estas fueron objeto de recuento en la Sesión Especial de Cómputo Municipal de 10 de junio de la presente anualidad.

Por otro lado, respecto a la elección celebrada en Santa Cruz Amilpas, el pleno del TEEO determinó como infundado el supuesto rebase al tope de gastos de campaña en un cinco % del monto total autorizado, por parte del candidato independiente Christian Baruch Castellanos Rodríguez.

En la sentencia del Recurso de Inconformidad de elección de ayuntamientos, identificado con la clave RIN/EA/25/2021, se señaló que, del análisis del dictamen consolidado y resolución emitida por el Consejo General del INE, el cual es el documento idóneo para acreditar de manera objetiva y material dicha violación, se desprende que Castellanos Rodríguez no excedió el límite de gastos de campaña asignado.


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