Comerciantes piden audiencia al gobernador por Ley antichatarra
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Comerciantes piden audiencia al gobernador por Ley antichatarra

Medida impactaría de forma negativa en 58 mil negocios, advierten dirigentes de cámaras empresariales


Comerciantes piden audiencia al gobernador por Ley antichatarra | El Imparcial de Oaxaca

A través de un oficio, los organismos del sector abarrotero, comercial, chocolatero, panificador, patronal e industrial, le solicitan una audiencia al mandatario estatal para abordar el tema de la ley antichatarra que ha generado reacciones a nivel estatal y nacional.

El pasado 5 de agosto, el Congreso del Estado aprobó un decreto por el que se adiciona el artículo 20 bis de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, mismo que prohíbe y sanciona la distribución, donación, regalo, venta y suministro de bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico a menores de edad.

Organismos como Canacintra, Canacope, Canirac, Coparmex, Antad y Anpec observan que las acciones que se pretenden prohibir son actos mercantiles, al considerar la naturaleza del sujeto regulado. 

Por lo cual, la prohibición de éstos generaría una violación directa al artículo Quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de libertad de comercio de una actividad lícita.

Advierten que la legislación (aprobada) contraviene diversas disposiciones de la Ley Infraestructura de la Calidad, misma que establece el libre comercio de productos que cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas. 

Y en el caso de establecer mayores requisitos para ejercer cualquiera de los actos mercantiles ya señalados, se violaría dicha ley y por ende, el principio de legalidad también reconocido en la Constitución, añaden.

Los empresarios oaxaqueños observan incompetencia del Congreso del Estado para legislar sobre la materia, dado que el objeto de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, establecido en su artículo 2º, no instituye dentro de su campo de observancia la regulación de actividades productivas ni su restricción, por lo que no es el orden jurídico adecuado para ello.

Afirman que en el artículo Cuarto Transitorio del Decreto, se otorgan facultades discrecionales a la Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca para determinar los productos que quedarán prohibidos, lo cual generará incertidumbre jurídica al particular, ante la posible discrecionalidad de la medida. 

Sostienen que limitar la prohibición a productos “envasados”, es un acto discriminatorio que incentivaría el comercio informal, poniendo a su vez en riesgo la salud de la sociedad al no poder acceder a productos que cumplan con la normatividad sanitaria correspondiente.

Con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), se estima que la medida podría impactar directamente a alrededor de 58 mil comercios, en particular a misceláneas, abarrotes, loncherías, fondas, taquerías, entre otros, citan los representantes. 

Lo anterior, derivado a que alrededor del 60% de los ingresos de dichos negocios dependen de la venta de alimentos y bebidas, condición que generaría una significativa pérdida de empleos, exponen.

Con base en el Artículo 53 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, hacemos un respetuoso exhorto a que el Ejecutivo del Estado pudiese ejercer su derecho de veto o, en su caso, hiciese las observaciones correspondientes al Decreto aprobado en los tiempos previstos por la legislación, solicitan.


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