Tribunal ordenó denuncia penal contra Arturo Herrera y Jorge Alcocer ante la FGR
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Tribunal ordenó denuncia penal contra Arturo Herrera y Jorge Alcocer ante la FGR

Se ordenó que se haga la denuncia, por desacato a una suspensión de plano emitida para garantizar el abasto de medicamentos contra el cáncer


Tribunal ordenó denuncia penal contra Arturo Herrera y Jorge Alcocer ante la FGR | El Imparcial de Oaxaca
CIUDAD DE MÉXICO, 31OCTUBRE2019.- Aspecto de la ceremonia con motivo de la 110ª Asamblea General Ordinaria del IMSS. FOTO: GALO CAÑAS /CUARTOSCURO.COM

Por desacato a una suspensión de plano emitida para garantizar el abasto de medicamentos contra el cáncer, el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, ordenó al Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, que se denuncie penalmente ante la Fiscalía General de la República (FGR), órgano a cargo de Alejandro Gertz Manero, al secretario de Salud Jorge Alcocer Varela; al exsecretario de Hacienda y Crédito Público Arturo Herrera y a la oficial mayor de Hacienda Thalía Lagunas.

Lo anterior, derivado del juicio de amparo que interpuso la Agrupación Mexicana de Oncohematología Pediátrica (AMOHP), debido a la falta de medicamentos oncológicos, que ha impedido prestar la atención médica debida y urgente requerida a 260 niñas y niños y adolescentes, pacientes en el Hospital de Especialidades Pediátricas de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, en Chiapas.

El Tribunal determinó que “a efecto de tutelar el debido cumplimiento de la suspensión concedida en el juicio de amparo en que se actúa, se hace efectivo el apercibimiento decretado el 2 y 8 de octubre de 2020, por lo que procede hacer la denuncia correspondiente en contra del Secretario de Salud, del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Oficial Mayor de dicha Secretaría, ante el Ministerio Público de la Federación”.

El pasado 22 de julio de 2020, el Juzgado Cuarto de Distrito negó la solicitud de la quejosa, debido a que en mayo de ese mismo año ya se había pronunciado sobre la suspensión de plano con efectos y consecuencias similares a las que solicitaba.

Jorge Alcocer es secretario de Salud. Foto: Presidencia de México.Jorge Alcocer es secretario de Salud.

Ante esto, la parte quejosa interpuso un recurso de queja en contra del acuerdo ya mencionado, el cual en razón de turno correspondió conocer al Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, que concedió la suspensión de plano a la AMOHP para efecto de que las autoridades realizarán todas las acciones o gestiones para el suministro de medicamentos y otros insumos esenciales a los agremiados.

Posteriormente, el 25 de agosto del 2020, la AMOHP interpuso un incidente por exceso o defecto en el cumplimiento, a la suspensión de plano, respecto de los efectos concedidos por el Decimo Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

“Mediante acuerdo de once de septiembre de dos mil veinte, se tuvo al Oficial Mayor y al Secretario, ambos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, rindiendo informes en relación con la suspensión de plano decretada y dio vista a la parte quejosa”.

Una vez que se agotó el procedimiento del incidente por exceso o defecto en el cumplimiento a la suspensión de plano, el Juzgado Cuarto declaró fundado el incidente de incumplimiento a la suspensión de plano.

(Foto: Twitter)
Tanto la Secretaría de Salud, a cargo de Jorge Alcocer Varela, como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que estaba en manos de Arturo Herrera, negaron ser las responsables del abasto de medicamentos a los hospitales públicos, no obstante, a inicios del 2020 las compras del sector salud estuvieron a cargo de la Oficialía mayor de la SHCP.

El pasado 16 de julio, el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa presentó la denuncia penal el 16 de julio de 2021, ante la Fiscalía General de la República (FGR) que deberá integrar la carpeta de investigación y, en caso de no presentar cargos, deberá justificarlo ante el órgano jurisdiccional.

Por otra parte, el delito de Desacato a una suspensión es sancionado por el artículo 262 de la Ley de Amparo con penas que van desde los tres hasta los nueve años de prisión, una multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.