Empleados federales regresan a laborar hasta el 4 de enero
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Empleados federales regresan a laborar hasta el 4 de enero

Con esta nueva medida el Gobierno Federal informó que se busca cumplir con el acuerdo que la Secretaría de salud federal


Empleados federales regresan a laborar hasta el 4 de enero | El Imparcial de Oaxaca

La Secretaría de Gobernación (Segob), publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se reforma el diverso que establece los criterios aplicables para la administración de los recursos humanos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para mitigar la propagación del nuevo coronavirus Covid-19.

Una vez concluido el plazo que establecía la modificación de los artículos Primero y Quinto del acuerdo el 31 de julio de 2020, se estableció que el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2020 al 04 de enero de 2021, se podrán autorizar o facilitar a las personas servidoras públicas a continuar con la operación de la administración pública federal, en consonancia con la política de sana distancia y de reducción de la movilidad, con énfasis en el trabajo a distancia con la prevalencia en la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones.

Con esta nueva medida el Gobierno Federal informó que se busca cumplir con el acuerdo que la Secretaría de Salud federal, publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias”.

De este nuevo plazo establecido, quedaron exceptuadas las secretarías de Salud, Defensa Nacional, Marina, Seguridad y Protección Ciudadana, Servicio de Protección Federal y la Guardia Nacional, el personal del Servicio Exterior Mexicano.

Así como del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), los Institutos Nacionales de Salud y Alta Especialidad y demás instituciones que prestan o están relacionados con los servicios de salud, protección civil y demás que se determine como esenciales o que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial, y todas aquellas que determine el “Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.


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