TEEO ratifica triunfo de ediles electos en Juxtlahuaca, Tlaxiaco y Silacayoápam
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Los Municipios

TEEO ratifica triunfo de ediles electos en Juxtlahuaca, Tlaxiaco y Silacayoápam

Consideraron inoperantes e infundados los actos de impugnación de los cuales fueron acusados durante la pasada contienda electoral.


TEEO ratifica triunfo de ediles electos en Juxtlahuaca, Tlaxiaco y Silacayoápam | El Imparcial de Oaxaca

A través de una sesión pública por parte del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), se ratificó el triunfo de los presidentes municipales electos en Santiago Juxtlahuaca, Tlaxiaco y Silacayoápam al considerar inoperantes e infundados los actos de impugnación de los cuales fueron acusados durante la pasada contienda electoral.

En el caso de Tlaxiaco resolvieron que los agravios relacionados con el tema de supuesta violencia hacia el electorado y la presunta coacción del voto, fueron declarados inoperantes, ya que las acusaciones resultaban vagas, ambiguas y genéricas, pues no se establecieron circunstancias de tiempo, modo y lugar que permitieran algún pronunciamiento por parte de esta instancia.

Asimismo, dijeron que los actos anticipados de campaña que se le imputaron al presidente electo, Miguel de Jesús Pérez Vázquez, abanderado del Partido Encuentro Solidario (PES), así como la supuesta difusión del voto a su favor el día de las elecciones el pasado 6 de junio, se declararon infundados.

Por otra parte, los integrantes del pleno de igual manera consideraron inoperante el supuesto rebase del tope de gastos de precampaña del candidato a la presidencia municipal de Santiago Juxtlahuaca, Arsenio Lorenzo Mejía García, quien fuera abanderado del Partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), al considerar que dichos actos deberían haber sido controvertidos en la etapa correspondiente, así como la acusación de la existencia de acarreo de personas e irregularidades en diferentes casillas.

Explicaron que respecto al agravio relativo a la entrega de la paquetería electoral fuera de los plazos estipulados, de igual manera fue declarado como infundado, al igual que la supuesta expulsión sin causa justificada de los representantes de casillas el día de la elección.

Sobre la impugnación en la elección del municipio de Silacayoápam consideraron infundada la aseveración de que no había sido asentado el número de paquetes que se abrieron, al igual que el resultado de cada una de las actas que se levantaron en la contienda electoral producto de la apertura de los paquetes.


aa

 

Relacionadas: