Indígenas no tienen acceso a la justicia por falta de intérpretes
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Los Municipios

Indígenas no tienen acceso a la justicia por falta de intérpretes

Los traductores de idiomas nativos siguen siendo faltantes


Indígenas no tienen acceso a la justicia por falta de intérpretes | El Imparcial de Oaxaca
Foto: Internet

El acceso a la justicia para los pueblos nativos de México sigue siendo un asunto pendiente, ya que en el país más del 50 % de las personas privadas de la  libertad que hablan una lengua indígena no contaron con un intérprete, pese a que en el artículo 2 de la Constitución se reconoce este derecho, dio a conocer Tomás López Sarabia, del Centro Profesional Indígena de Asesoría Defensa y Traducción (Cepiadet).

En entrevista dijo que se siguen violando los derechos de los pueblos originarios al negarles un intérprete cuando se enfrentan a la justicia o algún trámite en las instituciones, o simplemente cuando llegan a los diversos servicios públicos.  

A los pueblos indígenas se les han violado esta garantía debido a la falta de sensibilidad de las instituciones, pues en todo el país solo existen 662 intérpretes traductores certificados, para los más de 11 mil indígenas recluidos, y solo hablan 36 de las 68 lenguas reconocidas en el país.

En Oaxaca, más del 60 % de las personas indígenas recluidas no cuentan con un intérprete traductor que los acompañe en sus procesos judiciales, esto de acuerdo con el Cepiadet, que ha ido realzando los diversos diagnósticos.

En la entidad solo hay 28 intérpretes certificados por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali), quienes hablan cinco de las 15 lenguas y sus 175 variantes reconocidas en el estado.

Un intérprete es necesario en las diversas instituciones públicas o cuando una persona que no habla español sea parte de un proceso penal o realice una denuncia, de acuerdo con lo que señala el artículo 2 Constitucional apartado A, fracción VIII. Al violar este derecho, automáticamente se comete una falta hacia el acceso a la justicia de los pueblos originarios.

Se debe tomar en cuenta a las variantes lingüísticas que existen, sobre todo para aquellas personas que no pueden comunicarse en el idioma español, son a ellos a quienes se les deben otorgar todas las garantías de acceso a la justicia ordinaria y de facilidad de un intérprete en sus idiomas diversos.