Emite Cofece recomendaciones para disminuir precio de gas LP
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Emite Cofece recomendaciones para disminuir precio de gas LP

De acuerdo con el organismo, en 2017 los precios del gas LP aumentaron en promedio 8 por ciento en las distintas regiones del país.


Emite Cofece recomendaciones para disminuir precio de gas LP | El Imparcial de Oaxaca

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) emitió una serie de recomendaciones a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y a otros organismos públicos para generar mayor competencia en el mercado del gas LP, y así, disminuir su precio.

De acuerdo con cálculos de la Cofece, un aumento en el número de competidores tiene como impacto reducciones relevantes en el precio promedio final; por ejemplo, cuando en una región se incrementa de uno a dos el número de distribuidores, los precios pueden ser menores hasta en 6.5 por ciento.

El organismo recordó que en enero de 2017 se liberalizaron los precios de venta al público de gas LP, después de 11 años de estar determinados por una política de precios máximos, definidos por la Secretaría de Economía.

“Hoy, los precios se fijan libremente por los permisionarios, considerando las cotizaciones del gas LP en el mercado internacional, así como los costos de cada una de las actividades que son necesarias para llevar el combustible desde su lugar de producción hasta las áreas de consumo: producción o importación e internación, comercialización, transporte, almacenamiento y distribución, más el margen de venta”, añadió.

Sin embargo, observó, en el transcurso del año pasado, los precios del gas LP aumentaron en promedio 8 por ciento en las distintas regiones del país.

Según el documento Transición hacia Mercados Competidos de Energía: gas LP, entre 2000 y 2015 las importaciones representaron 30 por ciento del consumo total, pero ante la caída de la producción nacional y la entrada de particulares a esta actividad (reservada al Estado hasta antes de la apertura) aumentaron a 60 por ciento a finales de 2017.

Por otra parte, existe un número reducido de grupos que participan simultáneamente en todas las actividades de la cadena, desde la importación hasta la venta de combustible al usuario final.

“Si bien dicha integración vertical puede ser benéfica por las eficiencias que estas empresas generan en su operación, también es una condición que inhibe la entrada de nuevos participantes. Por ejemplo, con la liberalización de las importaciones en 2016, el mercado se concentró aún más, muy probablemente porque solo unos cuantos grupos económicos tienen la capacidad de internar y almacenar dicho producto para luego comercializarlo”, agregó.

Ante esta evidencia, el estudio expuso que podría haber en el país capacidad subutilizada de transporte y almacenamiento de esta molécula en manos de Pemex y de unas cuantas empresas privadas, así como infraestructura que no está siendo aprovechada por otros jugadores, lo cual puede impedir su entrada al mercado o elevar sus costos de operación.

Asimismo, la Comisión mencionó que, a pesar de la apertura, tampoco se ha observado un incremento importante de participantes en la distribución y expendio al consumidor final.

“En 2015 cinco grupos económicos concentraban aproximadamente 48 por ciento del mercado a nivel nacional, en 2016 se mantuvo este nivel y en 2017 aumentó a 53 por ciento. Estas concentraciones de mercado se profundizan a nivel regional en la distribución del combustible, destacan las de Yucatán, Baja California y la región del Pacífico”, detalló.

En este contexto, la Cofece hizo las siguientes recomendaciones:

Importaciones

  • Recopilar y publicar datos acerca del movimiento de precios en el punto de internación con base en los datos recogidos en las aduanas, con el objetivo de tener información confiable sobre los márgenes de venta de las empresas de gas LP.

Comercialización

  • Suspender o no dar permisos a aquellos agentes que estén verticalmente integrados (participación cruzada) y que no soliciten la opinión favorable de la Cofece como lo mandata la Ley de Hidrocarburos en términos del artículo 83.

Transporte y almacenamiento:

  • Garantizar el acceso abierto a los ductos y terminales de almacenamiento, propiedad de Pemex y privados, a todo el que lo requiera.
  • Que Pemex y particulares cumplan con su obligación de publicar la información sobre la capacidad efectivamente utilizada en cada sistema de ductos y terminal de almacenamiento para identificar problemas de subutilización o restricción artificial. De no hacerlo, se apliquen las sanciones correspondientes.
  • Revisar los casos en los que proceda realizar Temporadas Abiertas para asignar la capacidad no utilizada.
  • Imponer regulación a los almacenistas privados de gas LP, homologando las obligaciones de acceso abierto a sus terminales de almacenamiento a las que existen en el transporte por medio de ductos.

Distribución

  • Imponer a los distribuidores que contraten o tengan vínculos comerciales con comisionistas la obligación de reportar precios y cantidades vendidas a través de estos agentes económicos.

Venta al público 

  • Valorar la posibilidad de utilizar las tiendas Diconsa como puntos de venta de gas LPa través de licitaciones públicas con un alcance regional para elegir al suministrador que asegure las mejores condiciones de precio y servicio en esas tiendas.
  • A las autoridades competentes, gobiernos y legislaturas locales eliminar barreras al establecimiento de expendios de gas LP incluidas en las legislaciones locales.

aa

 

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