Prisión preventiva por denigrar y exhibir a fiscal de Tlaxiaco, Oaxaca
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Prisión preventiva por denigrar y exhibir a fiscal de Tlaxiaco, Oaxaca

Prisión preventiva a uno de los que se les atribuye el delito de secuestro agravado luego de denigrar y exhibir a fiscal de Tlaxiaco


Prisión preventiva por denigrar y exhibir a fiscal de Tlaxiaco, Oaxaca | El Imparcial de Oaxaca

El juez de control del Circuito Judicial de Valles Centrales, con sede en Tanivet, durante la ampliación del término constitucional la tarde de ayer, resolvió que, el taquero, Pedro Gildardo, mejor conocido como “El Güero”, quedara vinculado a proceso bajo investigación por el delito de secuestro agravado, cuya penalidad en la Ley General para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Secuestro comprende de 50 a 90 años en prisión.

Además, como medida cautelar se otorgó prisión preventiva oficiosa contra el imputado con reclusión en la Penitenciaría de Miahuatlán de Porfirio Díaz.

En la resolución realizada a las 15:08 horas, el juez, Jorge López –vía exhorto del Juzgado de Control de Tlaxiaco, Oaxaca- sostuvo que existen elementos suficientes para que Pedro Gildardo sea investigado por la comisión del delito de secuestro agravado, en perjuicio del representante social Alberto, quien estaba adscrito a la Vicefiscalía Regional de la Mixteca, en Tlaxiaco.

“Hubo daño y afectación física, así como a su dignidad a su persona, además desde la privación ilegal de la libertad, cuando fue sustraído en contra de su voluntad, la víctima fue golpeada, vejado, semidesnudado”

“También queda plenamente comprobado por la representación social que, la víctima estuvo privada de su libertad alrededor de cuatro horas, paseado por diversas calles y exhibiéndolo ante la sociedad.

“Queda comprobado que, el imputado actuó con dolo persistente a lo largo del tiempo, además de que alentaba a la multitud a golpearlo; asimismo que, obtuvo un beneficio y causarle daño a la víctima”.

En la resolución, el juez dijo que, el informe policial homologado, la denuncia de la víctima, la testimonial del testigo de cargo –quien vio en todo momento lo sucedido-, los dictámenes médico y psicológico, así como los videos donde pasean al agraviado y un video en la firma de una minuta de acuerdos entre personal de la Vicefiscalía Regional de la Mixteca, la Secretaría de Gobierno, el imputado y otras personas, así como la inspección ocular y la firma del imputado en el acta de acuerdos, donde se estableció una negociación para dejar libre a la víctima, tienen valor indicial.

Por ello, al comprobarse, en las 23 hojas que comprende la carpeta de investigación, que la privación del servidor sirvió para la obtención de beneficios para pobladores, los cuales consisten en dejar de realizar puestos de mando y de revisión a vehículos en Tlaxiaco, así como la rotación de las policías Estatal y de la AEI; además del cambio de fiscales locales y la realización de un encierro para vehículos sin que se cobre derecho de piso, Pedro Gildarlo quedaba vinculado a proceso.

Además, el juez resolvió que otorgaba cuatro meses para el cierre de la investigación –complementaria- con un lapso del primero de octubre de 2017 al cuatro de febrero de 2018.

Fueron tres fiscales –dos adscritos a Delitos de Alto Impacto y uno de Tlaxiaco, quienes solicitaron en un principio seis meses, debido a que realizarían cateos, pruebas de genética comparativas, la documentación de videos en cuentas abiertas, dictámenes psicológico y antropológico; la presentación de bitácoras de las policías estatal, municipal y de la agencia Estatal de Investigaciones (AEI), así como del Ejército Mexicano; sin embargo, les fue negada la petición para no violentar los derechos humanos del imputado.

El debate

La audiencia de ampliación de término constitucional dio inicio a las 10:08 horas en la Sala A del Juzgado de Control del Circuito Judicial de Valles Centrales, con sede en Tanivet, ubicado en el complejo de Ciudad Judicial, vía exhorto número 460/2017 del Juzgado de Control de Tlaxiaco.

En el desarrollo de la misma, la defensa del imputado, Aldo Alcántara Luna presentó un video de 48 minutos de grabación en el cual se mostraba la entrevista a seis personas; además de la presentación de un pasante de derecho, quien había realizado o tomado el video con un teléfono celular.

La representación social se había opuesto a la reproducción del mismo, pues no había argumento de la defensa en el sentido de qué se trataban las entrevistas, es por ello que el juez les solicitó sentara bases.

A las 10:56 horas se mostró el video, cuyas entrevistas fueron realizadas –el 29 de septiembre- por el abogado del imputado a cuatro varones y dos mujeres, oriundas de Tlaxiaco.

Ahí, los pobladores mencionaron a grandes rasgos la inconformidad que tenía la ciudadanía con los servidores, así como argumentaban la injusticia que se realizaba contra el imputado, quien por el ver por el bien común, estaba detenido.

Estos videos, la defensa lo tomó con la finalidad desvirtuar la acusación de secuestro agravado y que reclasificaran a la de privación ilegal de la libertad, cuya penalidad en el código penal vigente en el estado comprende de tres a nueve años en prisión.

Asimismo, la defensa intentó comprobar que el imputado en ningún momento planeó con otras personas el presunto secuestro o solicitar algún tipo de rescate.

A las 11:44 horas, la representación social argumentó que el video de las entrevistas solamente confirmaba lo dicho y las probanzas presentadas al juez, por ello solicitaban la vinculación a proceso por secuestro agravado.

Cierre de debate

Al escuchar ambas partes, el juez cerró el debate a las 13:08 horas y dio un receso, mismo que fue reanudado a las 15:35 horas. Posteriormente emitió su resolución, misma que fue escuchada por el imputado, su defensa y dos de sus familiares, quienes minutos después se despidieron entre llanto.

La acción

Como es de recordar, la noche del 19 de septiembre de 2017, el entonces fiscal adscrito a la ciudad de Tlaxiaco, Oaxaca, al salir de labores se tomó unos mezcales, lo que le afectó en su organismo.

Según la denuncia, el servidor tuvo una laguna mental, por lo que no recuerda lo ocurrido después de que comenzó a sentirse mal por la ingesta de alcohol.

Esa noche, el dueño de una pollería, vio al fiscal, quien aún portaba el uniforme de la Fiscalía General del Estado (FGE), dentro de un vehículo.

Dos elementos de la Policía Municipal arrestaron al servidor, quien fue llevado a la cárcel preventiva, situada a un costado de palacio del lugar.

Las investigaciones dadas a conocer por el ministerio público, revelan que al otro día, 20 septiembre, entre las 14:00 y 15:00 horas, una turba de enardecidos pobladores liderada por Pedro Gildardo y otras cinco personas, acudieron a la cárcel municipal, cuya puerta fue violentada para así sustraer de la misma al fiscal local arrestado.

Según probanzas, la víctima fue golpeada en el ojo izquierdo por Pedro Gildardo, quien, además, le enrolló una cuerda en el cuello y lo jaló.

Luego, la turba de aproximadamente 300 personas, condujeron con golpes a la víctima, misma que fue despojada de su pantalón, zapatos y ropa interior. El servidor público –quien solamente portaba su camisa- fue exhibido por cuatro horas ante la sociedad de Tlaxiaco.

Durante la toma de videos, se estableció en las probanzas, que Pedro Gildarlo quien portaba gorra color rojo, estuvo siempre al frente de la turba enardecida, misma que gritaba a la víctima “que era una rata, que lo iban a matar”.

A las 18:00 horas, de ese 20 de septiembre, se firmó una minuta entre Pedro Gildardo, otros pobladores, así como el vicefiscal de la región Mixteca, un representante de la Fiscalía General del Estado, un representante de la Secretaría de Gobierno del estado de Oaxaca y un mediador para la liberación de la víctima.

Con relación al caso, se dio inicio a una carpeta de investigación, misma que culminó en la detención de Pedro Gildardo; así como la de Erick, síndico procurador de Tlaxiaco, quien también fue vinculado a proceso por abuso de autoridad, ya que él, no puso de inmediato a disposición a la víctima ante un fiscal local en turno para los efectos legales correspondientes.

El fiscal, víctima del secuestro agravado refirió que al despertar después de embriagarse, estaba en una celda y que al saber que lo acusaban de intentar robarse una camioneta, pidió que lo pusieran a disposición de la autoridad ministerial para que ésta determinara lo procedente, sin que así ocurriera, tal como lo marca la ley en el sentido de que en cuando se realice una detención, el apresado debe ser llevado de inmediato ante el Ministerio Público.

La presión de los agentes del Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia ante el fiscal general para que se castigara a los agresores de su compañero, fue decisiva para la pronta judicialización del caso.

 


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