Tambalea caso del asesinato de Brad Will ocurrido en Oaxaca
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Tambalea caso del asesinato de Brad Will ocurrido en Oaxaca

Ordena órgano federal al juez segundo de lo penal emitir una nueva resolución y considerar que no está demostrada la calificativa de ventaja en el delito de homicidio


Tambalea caso del asesinato de Brad Will ocurrido en Oaxaca | El Imparcial de Oaxaca

Un juez federal amparó a Lenin Emelio, acusado del asesinato del periodista estadounidense Bradley Roland Will, en el sentido de que ordenaba al juez segundo emitir una nueva resolución y considerara que no está demostrada la calificativa de ventaja en el delito de homicidio.
Lenin Emelio se inconformó con el auto de formal prisión dictada por el juez segundo de lo penal por el homicidio ocurrido el 27 de octubre de 2006, durante un enfrentamiento en Santa Lucía del Camino, entre integrantes de la APPO y presuntos simpatizantes de un partido político, por lo que ahora espera la resolución del recurso de revisión por parte del Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Décimo Tercer Circuito.
Trascendió que el juez segundo de distrito en el estado resolvió el juicio de amparo 1684/2016 en el que “la justicia de la unión ampara y protege a Lenin Osorio, contra la resolución del 1 de octubre de 2016, para los efectos precisados en lo siguiente:
1.- dejar insubsistente la resolución del 1 de octubre de 2016 emitida en la causa penal 82/2012 en la que se dictó auto de formal prisión al indiciado por su probable responsabilidad en la comisión del delito de homicidio calificado con ventaja en agravio de Bradley Roland Will.
2.- Emitir una nueva determinación con plenitud de jurisdicción en la que, se ajuste al resolver sobre la situación jurídica del quejoso al ´liego de consignación presentado por el Ministerio Público que ejerció la acción penal respectiva; además que justifique la forma en que las copias certificadas de la causa penal 155/2008 del índice del Juzgado Cuarto Penal, consistente en 21 tomos y anexos de los diversos uno, dos y séptimo, fueron incorporados al proceso penal 82/2012 y resuelva lo que en derecho corresponda.
Asimismo, considere que no está demostrada la calificativa de ventaja en el delito de homicidio, en virtud del contexto en que se cometió el ataque.
Tras esta sentencia de ejecutoria de amparo, el agente del Ministerio Público llevador del caso, se inconformó, por lo cual interpuso el recurso de revisión, por ello se espera que en breve, el Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Décimo Tercer Circuito emita una resolución.
Actualmente, Lenin Emelio está preso en la Penitenciaría de la Villa de Etla.

La acusación
Según el expediente penal expediente penal 82/2012, a finales de mayo de 2012, durante la presentación de la detención de Lenin Emelio, el entonces fiscal de Investigación en Delitos de Trascendencia Social, Samuel Castellano Piñón, explicó que, con base en los dictámenes presentados por peritos, el indiciado realizó los dos disparos que dieron muerte al activista extranjero, ubicado en lo alto de una vivienda de cuatro metros de altura.
Durante la presentación de fotografías, el perito en criminalística, Elías Salvador Ramírez, precisó que desde la azotea de una vivienda fueron realizados los dos disparos y quedó descartado que el camarógrafo fuera lesionado con un segundo disparo durante el trayecto al hospital para recibir asistencia médica.
Con el apoyo de gráficas mencionó que los disparos fueron realizados a una distancia de 43 metros y penetraron, uno en la parte alta del abdomen (en la boca del estómago) y otro más a un costado derecho.
El periodista (camarógrafo) de la empresa Indymedia fue herido en la calle Calicanto, donde lo auxiliaron, lo subieron al automóvil Volkswagen, Sedán de color blanco, con placa de circulación del Estado de México, conducido por Édgar Navarro, acompañado del doctor Guillermo Ruiz Avelino, quien iba atendiendo al americano.
En la calzada de la República se apagó el automóvil al quedarse sin gasolina y por ello, le pidieron el apoyo a un señor, quien a bordo de la camioneta Dodge de 3/4, modelo 1980, trasladó a Bradley a la Cruz Roja, pero éste ya había fallecido.

El conflicto
La protesta era resultado de la exigencia de la Sección 22 Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), de pedir al gobernador Ulises Ruiz que presentara su licencia al cargo, luego de que le hicieron saber peticiones del movimiento, el primero de mayo de 2006.
Más tarde inició el plantón indefinido en el Centro Histórico oaxaqueño, y para mediados el mes de junio, se daba paso a la creación de la APPO.
Para septiembre, la tensión generada por el plantón, las movilizaciones, así como enfrentamientos y confrontaciones directas, derivó en el lanzamiento de un ultimátum por parte del gobernador, quien amagó con la eliminación de contratos del magisterio y su reemplazo serían personas jubiladas para que atendieran la impartición de clases a partir del día lunes 25 de ese mes.
Mientras avanzaba la llamada “resistencia solidaria” con presencia en diversos puntos de Oaxaca, algunos estados y en la capital del país, el gobierno federal enviaba apoyo táctico para acabar con la problemática, por lo cual, arribaron tropas militares a través de dos desembarcos en los puertos de Salina Cruz y Huatulco.
Tras cinco meses de conflicto político-social, se produjo el estallido y los grupos abrieron fuego contra la barricada, en el lugar, quedaron 23 personas heridas, la mayor parte de ellos maestros, murieron cuatro personas, entre ellos, Brad Will, quien recibió dos impactos de bala detonados de una pistola calibre .22.


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