Improcedente denuncia contra director de pensiones en Oaxaca por omisión de pago a trabajador
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Policiaca

Improcedente denuncia contra director de pensiones en Oaxaca por omisión de pago a trabajador

Rechazan como asunto penal la devolución de prestaciones de pensiones del gobierno estatal a un exempleado de confianza


Improcedente denuncia contra director de pensiones en Oaxaca por omisión de pago a trabajador | El Imparcial de Oaxaca

José Luis, licenciado en Administración de Empresas, siente la resolución del juez como balde de agua fría: “No es un acto arbitrario, de abuso de autoridad o de confianza, no es un acto delictivo penal, lo están fundamentando con una Ley de Trabajo”.

Media hora antes de la cita en la sala C de los Juzgados de Valles Centrales, donde se desarrollaría una audiencia de incidentes, llegó José Luis en compañía de su asesora jurídica, muy confiado en que la justicia estaría de su lado porque consideraba que se había cometiendo una serie de injusticias o quizás negligencia con una autoridad ministerial.

En mayo pasado, José Luis acudió a una agencia del Ministerio Público para denunciar un posible delito de retención, abuso de autoridad, abuso de confianza, robo y demás que resulte en contra del director de las oficinas de Pensiones del Gobierno del Estado, Jesús Parada Parada o quien resulte responsable.

En sus demandas, José Luis venía solicitando que se le devolviera una cantidad de dinero por algunas prestaciones como trabajador del gobierno del estado que fue durante un periodo.
Declaró que realizó los trámites directamente en la oficina de pensiones, sin embargo, tuvo resultados negativos y por ello decidió acudir ante un fiscal.

En su intervención, el fiscal obtuvo un documental de la Dirección de oficinas de Pensiones, en la cual se especifica que la petición no es procedente, toda vez que existen reglamentos o una ley de pensiones para empleados de base y de confianza y José Luis fue trabajador de confianza.

Conforme a esta respuesta, la autoridad ministerial lo hizo del conocimiento al quejoso, explicándole que no había delito que perseguir.

Sin embargo, José Luis consideró que la autoridad se negaba a seguir investigando por algún interés y por ello promovió un incidente, causa por la cual se desarrolló una audiencia ante el juez.
Luego de escuchar a los involucrados en una improvisada sala, el juez emitió su veredicto y reafirmó la determinación del fiscal.

“No es un acto arbitrario, de abuso de autoridad o de confianza, no es un acto delictivo penal, como usted lo considera, el servidor público lo está fundamentando con una ley de trabajo y el Ministerio Público se apega a lo mismo, luego entonces, no hay delito en materia penal que perseguir”, indicó.

“Podría ser por otra vía, administrativo, laboral, quizás, pero lo ocurrido no constituye un delito penal”, sentenció.

Al término de la audiencia, nuevamente a José Luis se le cedió la palabra y protestó: “Estoy en desacuerdo, se están violando nuestros derechos, sí es delictuosa la actitud del imputado, encuentro una serie de injusticias, actos a favor de un funcionario público, me desisto a hacer valer mi denuncia en otras instancias, porque no hay justicia”.


aa