Ya no habrá fuero y ahora, ¿Qué sigue?
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Ya no habrá fuero y ahora, ¿Qué sigue?

 


Con bombos y platillos se ha anunciado la desaparición del fuero con funcionarios de primer orden como el gobernador, los titulares de dependencias estatales y federales, jueces de tribunales, alcaldes, presidentes municipales de los 570 municipios, consejeros electorales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana y en los que muchos consideran un triunfo, sobre el pleno de la cámara de diputados.

Algunos ya festejan esta noticia, pero ¿Qué es el fuero? En un artículo de Nexos de Víctor Aguilar, se menciona que el fuero es la protección que impide que ciertos funcionarios sean procesados penalmente, tenía como objetivo fungir como contrapeso para proteger la libertad de expresión e independencia de los representantes de los ciudadanos: los parlamentarios.

Sus orígenes se remontan al concepto de inmunidad parlamentaria, en el seno del Parlamento inglés, cuando en 1397 la Cámara de los Comunes denunció las escandalosas costumbres de la corte de Ricardo II de Inglaterra y las excesivas cargas financieras de su régimen. Thomas Haxey, el parlamentario que había liderado la iniciativa, fue llevado a juicio y sentenciado a muerte por traición. Cuatro siglos después la revolución francesa establecería (1789 y 1790) tanto la inviolabilidad de los parlamentarios galos por las opiniones que manifestaran durante sus mandatos, como el privilegio que les eximiría de ser incriminados sin el consentimiento de la Asamblea. Este modelo dual francés de inviolabilidad/inmunidad procesal influiría en el reconocimiento de la inmunidad parlamentaria en el resto de Europa y, posteriormente, en otras partes del mundo.

En una rápida comparación entre naciones se pueden identificar, en un extremo, países como Gran Bretaña y Colombia que, en línea con el espíritu original de la inmunidad parlamentaria, sólo otorgan inviolabilidad a sus legisladores por las opiniones y decisiones que expresen en el desempeño de sus funciones; en el otro, se encuentran naciones como Guatemala, que otorga inmunidad procesal a 35 tipos diferentes de funcionarios: desde el presidente de la República, hasta candidatos a alcaldes y diputados y los subdirectores generales de la Policía Nacional Civil. En medio, destacan Estados como Noruega y Singapur, cuyos legisladores son los únicos funcionarios que pueden tener inmunidad procesal y únicamente mientras se dirigen al recinto parlamentario, cuando se encuentran en él y al momento de abandonarlo.

El fuero en México abarca tanto la inviolabilidad (artículo 61 de la Constitución) como la inmunidad procesal (artículo 111) de la que gozan ciertos funcionarios de alto rango. Este artículo 111, sin incluir la palabra fuero, detalla el mecanismo, los delitos y los funcionarios contra los que no es posible proceder penalmente a menos de que la Cámara de Diputados emita, por mayoría absoluta, una declaración de procedencia, es decir, los desafuere. A nivel federal gozan de inmunidad procesal contra cualquier delito de tipo penal un total de 683 funcionarios públicos: 20 integrantes del Poder Ejecutivo, 628 legisladores, 24 miembros del Poder Judicial y 11 consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE).

Aunque el fuero inició como un contrapeso, en más de un país abrió la puerta a la impunidad y los abusos. El narcotraficante colombiano Pablo Escobar gozó de inmunidad procesal mientras fue diputado. En 1991 Colombia eliminaría dicha figura jurídica de su Constitución. En México destaca el caso de Julio César Godoy Toscano, quien ya electo diputado federal entró escondido en una camioneta a San Lázaro para evitar la orden de aprehensión que pesaba sobre su cabeza, tomar protesta y obtener inmunidad procesal por los cargos de delincuencia organizada que enfrentaba. Aunque fue desaforado, su ejemplo constituyó la antítesis de Haxey: el fuero no como protección contra el abuso de autoridad, sino como abuso de ella.

Ahora en Oaxaca, ¿Deberíamos de festejar este avance, en lo que parece una aplicación más pareja de la ley en nuestro Estado?, al parecer así es, al fuero se le percibe como una medida para dividir los derechos de los ciudadanos de pie con los que están a cargo de dirigir a un país o en este caso nuestro Estado, implicaría ahora que podrían ser juzgados en caso de enfrentar un proceso penal, siempre y cuando exista una denuncia en su contra, y como dijera uno de los personajes que fuera más querido en México, Mario Moreno “Cantinflas”, ahí está el detalle, tendríamos que como sociedad denunciar a la o las personas que han incurrido en una falta o un delito y que deben recibir la pena que le corresponde por su accionar, para sancionar y enmendar su conducta, en otras palabras, acabar con la impunidad.

La impunidad va mucho más allá de los privilegios políticos, un delito no denunciado genera tanta impunidad como aquella denuncia cuyo proceso se frena. En México, donde la cifra negra de delitos no denunciados o en los que no se inició averiguación previa alcanza 93.7%, ¿qué tanto contribuiría la eliminación del fuero a combatir la impunidad?
Además, hay algunos medios que indican que en el dictamen se propone también eliminar la figura del Juicio Político, considerado como el procedimiento de orden constitucional que realiza la Cámara de Diputados para hacer efectivo el principio de responsabilidad de los servidores o funcionarios públicos marcados en la Constitución y que incurren en responsabilidad durante el ejercicio de sus cargos.

Por lo que queda en la mesa la discusión de si efectivamente, ?esto ayudará a reducir la cantidad de robos y abusos de la autoridad, acabará con la impunidad, con los actos de omisión a la justicia, las violaciones graves a la Constitución, peculado y demás afectaciones que realizan, “nuestros angelitos”?, pues francamente lo dudo, ya que el sistema de gobierno contribuye a las mismas prácticas de transar y engañar al pueblo, quitarles el fuero les implicaría nuevas formas de robar; también contribuye para darle armas a los grupos sociales más rijosos que viven de la perversidad de ir en contra de todo lo que huele a autoridad, aunque las mismas autoridades tengan pocos aciertos, siempre verán lo negativo y tendrán armas para acusarlos; también dejan una imagen ante la sociedad de cambio, de evitarles sobre protección a las autoridades en el ejercicio de sus funciones, para tratar de sanar heridas de un pueblo que no ve en sus funcionarios a los servidores capaces de generar mejores condiciones de vida, para las y los Oaxaqueños.

¿Y en el caso de Gabino y sus secuaces?, Según la coordinadora de la bancada del Partido Revolucionario Institucional, María de las Nieves García Fernández señaló, que ya se encuentra en manos de la Comisión Permanente Instructora del Congreso del Estado, en donde el procedimiento continúa su curso para determinar su grado de responsabilidad y con ello su inhabilitación y probable consignación a la Fiscalía General del Estado.

Twitter@g_vasquez