Matrimonio igualitario
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Matrimonio igualitario

 


En días pasados, se llevó a cabo el primer matrimonio igualitario público en el Estado de Oaxaca sin necesidad de agotar un juicio de amparo, celebrado entre Fabiola Cabrera Pérez y Dayana Jiménez Martínez, lo cual me genera la duda de, si realmente la sociedad oaxaqueña se encuentra preparada para tener un cambio tan sustancial en una de las instituciones que son piedra cúbica de punta de sus cimientos: la familia, que surge precisamente después de la celebración del matrimonio, lo anterior porque pareciera que existe una tendencia a fomentar las relaciones homosexuales, a tal grado que incluso existe contenido sobre la homosexualidad y educación sexual en libros de primero de secundaria editados por la Secretaría de Educación Pública, razón por la que Unión Nacional de Padres de Familia acusó al gobierno federal de querer adoctrinar a los niños mediante dichos libros de texto.
Y espero no ser mal interpretado, pues de hecho admiro a muchas personas que son homosexuales, entre ellos, artistas, pintores, e incluso algunos de mis mejores amigos, sobre todo de la carrera, son homosexuales orgullosos de ello, por lo que considero que es necesario aperturar nuestras mentes y entender que la homosexualidad es una elección completamente libre de cómo ejercemos nuestra sexualidad, y no debe estar sujeta a la aprobación de los demás, y se puede incluso considerar un acto de discriminación que una pareja, por ser del mismo sexo, no pueda acceder a los beneficios de filiación, como son tanto derechos civiles, familiares o de seguridad social, pues incluso, la institución civil de la familia, prevé que se puede generar filiación tanto por consanguineidad como civil o por afinidad, sin embargo, con lo que respecta al matrimonio, el tema es un poco más complejo:
Actualmente, el Código Civil para el Estado de Oaxaca, en su artículo 143 señala que el matrimonio es un contrato civil celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, que se unen para perpetuar la especie y proporcionarse ayuda mutua en la vida, así, podemos entenderlo como la fusión, tanto de intereses, como de sentimientos vinculados en el amor del cual surge la familia y sus lazos afectivos
Claramente una pareja homosexual, puede obligarse a celebrar un contrato para formalizar un acto de amor, y pueden otorgarse ayuda mutua, pero es una realidad que no pueden perpetuar la especie, pues biológicamente es imposible que un hombre fecunde a otro hombre o que una mujer fecunde a otra mujer, lo anterior sin perder de vista, aunque pueda parecer molesto a algunas personas, que el matrimonio, en el Estado Mexicano, surge de un sacramento de la iglesia católica, pues tanto en el Primer Imperio Mexicano, como en la República, se estableció que el catolicismo era la religión obligatoria, e incluso, en las leyes de Reforma, en las que se llevó a cabo la desamortización de bienes eclesiásticos y oficialmente se separó la iglesia del Estado, Benito Pablo Juárez García, retomó algunas instituciones eclesiásticas para otorgárselas a las autoridades civiles, como es el caso, precisamente del matrimonio.
En segundo aspecto, del matrimonio surge, reitero, la familia como base de la sociedad; y la razón de establecer como uno de sus fines la ayuda mutua, es porque en el hogar se forma el carácter y los valores del individuo que en su momento se desarrollará en la sociedad, y erróneamente se cree que una vez normalizados socialmente los matrimonios igualitarios, se podrá llevar a cabo la adopción homoparental, la cual ya se encuentra permitida en la ciudad de México desde el año 2009, e incluso, en el año 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, avaló la adopción homoparental a nivel nacional, mediante la Tesis Jurisprudencial número 08/2017, lo cual se armoniza con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual, ha determinado que el interés superior del niño no puede ser utilizado para amparar la discriminación en contra del padre o la madre por la orientación sexual de cualquiera de ellos, pero lo que no debemos perder de vista, es que la adopción surge como el derecho de los niños a integrarse a una familia, no es el derecho de los adultos a tener un niño, por lo que deberíamos considerar si es adecuado modificar la institución del matrimonio, o en su caso, crear una figura civil acorde a las posibilidades reales de las uniones homosexuales y que les garantice el pleno ejercicio de sus derechos en base a su propia naturaleza, pues sería un error modificar nuestras instituciones por moda o por temor a ser llamados intolerantes o retrógradas.

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