Aniversario 101
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Editorial

Aniversario 101

 


Hoy se celebra el Aniversario número 101 de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada por el Constituyente de Querétaro, el 5 de febrero de 1917, es decir, un día como hoy. Desde ese día, nuestra Constitución o Carta Magna ha sido la norma fundamental que rige a través de los principios jurídicos y normas, la vida del país. En ella establece la relación entre los poderes de la Unión: legislativo, ejecutivo y judicial, pero además, fija las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder se asienta y establece, en tanto que pacto social supremo de la sociedad mexicana, los derechos y los deberes del pueblo mexicano. Según la información que aparece en internet, en total, el texto constitucional cuenta nueve títulos que contienen 136 artículos y 19 transitorios. El texto sigue los lineamientos clásicos de las doctrinas políticas al contar con una parte dogmática, que abarca los primeros 39 artículos y establece derechos y obligaciones, y una parte orgánica, contenida en los 98 artículos restantes y que define la organización de los poderes públicos.

Tuvo como precedentes la Constitución de Apatzingán de 1814, la Constitución de 1824 y la Constitución de 1857. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo. Es importante subrayar que después de la Revolución de 1910, como una consecuencia de ésta y ante el obvio deterioro de las instituciones, México necesitaba fortalecer su sistema político para garantizar la seguridad de las personas y su patrimonio. En este contexto histórico el presidente Venustiano Carranza, convocó en diciembre de 1916 al Congreso para presentar un proyecto de reformas a la Constitución de 1857. El documento sufrió numerosas modificaciones y adiciones. La nueva constitución se promulgó el 5 de febrero de 1917 en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro. La forma de gobierno siguió siendo republicana, representativa, demócrata y federal. Esta constitución reconoce las libertades de culto, expresión y asociación, la enseñanza laica y gratuita y la jornada de trabajo máxima de 8 horas. Y hasta el día de hoy el instrumento que rige la vida política y social del país, pero fundamentalmente, el Estado de Derecho en donde se cimienta un país democrático.

¿Cuál autonomía?

La crítica se ha volcado sobre el desarrollo del llamado Sistema Estatal Anticorrupción, habida cuenta de que en la Comisión recientemente nombrada, se advierte la carga partidista. Es un vicio muy arraigado en nuestra entidad que los órganos autónomos casi siempre son motivo de disputa entre los partido políticos que forman parte de las comisiones. El caso del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales fue emblemático. No se ha asimilado que existen órganos que por su misma naturaleza deben ser ciudadanos y no mezclarse con intereses políticos para poder desplegar su actividad. Uno de ellos es la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), que pareciera ser un organismo militante y no un instrumento ciudadano que verifique la salvaguarda de las garantías individuales de los oaxaqueños. El caso de Nochixtlán es emblemático. La participación del ombudsman en la parcialidad de dicho tema tan delicado, dejó entrever la poca autonomía e independencia para poder actuar en el contexto de su responsabilidad. Señalar como responsable de los hechos del 19 de junio de 2016, primero al ex gobernador Gabino Cué y, posteriormente, acusar de represión a las fuerzas federales y estatales, sin un análisis frío y mesurado de los hechos, lo puso a los ojos de la ciudadanía como un funcionario temerario y parcial.

Un verdadero fiasco fue la aprobación de los responsables del llamado Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (OSFEO), por mayoría de los legisladores, a los que luego de la votación les dieron la vuelta. Es evidente que dicho órgano nada tiene de autónomo ni que vaya a fiscalizar las cuentas de municipios y demás organismos de los poderes del Estado. Desde su nacimiento surge con la duda de que su constitución se dio de manera amañada y tendenciosa. Sin embargo, en los días subsecuentes volverán a surgir críticas y descalificaciones sobre el nuevo organismo que será el eje del Sistema Estatal Anticorrupción que, como va hasta hoy, sólo ha recibido descalificaciones precisamente por la sospecha de que su constitución mucho tiene de simulación y falsedad. En pocas palabras, no hay en el entorno oficial oaxaqueño organismos autónomos que en verdad respondan a los intereses de la ciudadanía. La injerencia nociva de los partidos políticos u otros intereses ha terminado por contaminarlos.