Huyen diputados de Oaxaca a debatir la dicotomía
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Huyen diputados de Oaxaca a debatir la dicotomía

Legisladores tienen en sus manos sacar del Archivo Legislativo una iniciativa de reforma a la Ley General de Salud para erradicar la práctica que perjudica el bienestar y la economía de los pacientes


Huyen diputados de Oaxaca a debatir la dicotomía | El Imparcial de Oaxaca

La iniciativa que en 2009 presentó la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca (CEAMO) para erradicar la dicotomía, aún se encuentra en la congeladora del Congreso del Estado, por lo cual los diputados tienen en sus manos enriquecerla para erradicar esta práctica.

Especialistas en salud pública han señalado que los laboratorios y trabajadores del sector público y privado que practican la dicotomía ponen en riesgo la vida de los pacientes, por ello es de suma importancia una legislación para combatir la dicotomía en la entidad.

De acuerdo al documento que fue presentado el 4 de marzo de 2009, por el entonces presidente de la CEAMO, el médico Manuel Ortega González, ante los integrantes de la Comisión de Salud Pública que presidió Gerardo García Henestroza, durante en la sexagésima legislatura, se propuso una reforma, a través de la cual se realizan propuestas de adecuación al orden jurídico existente.

La CEAMO presentó una iniciativa de reforma y adición a la Ley Estatal de Salud, al considerar que es indispensable sancionar la dicotomía, “ya que con su inclusión se evitará que los laboratorios clínicos y otros prestadores de servicios de diagnóstico y tratamiento, ofrezcan participaciones económicas a médicos o funcionarios, por canalizar pacientes para la realización de análisis y demás auxiliares médicos o paramédicos”.

Dicha iniciativa expone que esta conducta afecta la práctica de la medicina y por ende a la sociedad, pues los intereses del paciente pasan a un segundo término y se antepone la ventaja económica, sin importar la calidad del servicio.

En el mismo documento se define a la dicotomía como una deformación del convenio entre el médico y su paciente, la cual ha sido condenada en el ámbito mundial, como lo establece el Código Internacional de Ética Médica. No obstante, ni en México ni en Oaxaca está penalizada y representa un serio problema de salud, ético, económico y fiscal.

El documento que se encuentra en el área de Archivo Legislativo señala que se debe ponderar que cuando hay dicotomía, las comisiones que pagan los diferentes servicios del área de la salud (laboratorio, gabinete, etcétera) a los profesionales médicos, encarecen el costo de los servicios en más de un 50 por ciento, además de que impiden una competencia real basada en la calidad del servicio.

Se estima que “al menos 30 por ciento de los laboratorios proporcionan a los médicos una comisión por cada paciente que remitan a sus consultorios, que puede ir de un 25 a un 75 por ciento del precio al público de cada estudio solicitado por el médico”.

El sobreprecio perjudica directamente al paciente, quien algunas veces no requiere de los estudios o paga montos excesivos por el servicio, quedando imposibilitado para enfrentar otras situaciones que se le presenten, además de que expone su salud en caso de que los estudios estén mal hechos, fingidos o inventados.

También se da a conocer que en estas operaciones existe un daño fiscal, el cual reside en el hecho de que el ingreso obtenido por medio de la dicotomía es ocultado por el profesional de la salud, no lo registra ante las autoridades fiscales y, por tanto, no paga impuestos, además de que el laboratorio otorga una comisión no deducible, por lo que no factura todo lo que vende, uniéndose a la evasión fiscal.

Por ello la CEAMO señala la importancia de sancionar la dicotomía, pues actualmente no sólo se realiza entre laboratorios clínicos y médicos, sino entre todos los profesionales de la salud, ya que se puede dar también entre el médico y compañías que manufacturen o vendan instrumental médico.

En su momento, la CEAMO propuso adicionar a la Ley de Salud Estatal, en el Título Tercero, relativo a la “Prestación de Servicios de Salud”, en el Capítulo ll, de la “Atención Médica”, mediante la adición del artículo 41 bis, para establecer que quedan prohibidos los acuerdos celebrados entre médicos y/o empresas de salud cuando pacte un beneficio económico a cambio de inducir, aconsejar o sugerir a otro, cualquier servicio médico (medicamentos, análisis clínicos, servicios funerarios, etcétera).

De igual manera, una reforma en el artículo 322, para establecer que la violación a las disposiciones contenidas en el artículo 41 Bis, además de los que ya estaban estipulados, serán sancionadas con multa hasta de mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate.

Asimismo, se propuso regular la Objeción de Conciencia de los que Prestadores de Servicios Médicos, así como garantizar la prestación de 105 servicios por parte de las instituciones públicas de salud, en aquellos casos en los que los servidores públicos se declaren objetores de conciencia.

Esto son solo algunos aspectos que la Comisión aportó en su momento, en el cual los actuales diputados de la 63 Legislatura pueden enriquecerla para erradicar esta práctica que afecta a toda la ciudadanía y peor aún, avanza hacia otras áreas del sistema de salud que podría poner en riesgo la vida de miles de pacientes.


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