Cofepris debe dar cuenta sobre dos medicamentos que interrumpen el embarazo: INAI
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Cofepris debe dar cuenta sobre dos medicamentos que interrumpen el embarazo: INAI

El INAI informó que el organismo deberá informar sobre el número y el tipo de eventos adversos reportados, desde el registro de dichos medicamentos, como moléculas o denominación genérica.


Cofepris debe dar cuenta sobre dos medicamentos que interrumpen el embarazo: INAI | El Imparcial de Oaxaca

Información sobre dos medicamentos – misoprostol y mifepristona-, utilizados para la interrupción del embarazo, deberá proporcionar la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

De acuerdo con una orden del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Comisión debe acreditar las acciones, procedimientos, sanciones y resoluciones emitidas por eventos adversos relacionados con estos medicamentos.

En un comunicado, el INAI informó que el organismo deberá informar sobre el número y el tipo de eventos adversos reportados, desde el registro de dichos medicamentos, como moléculas o denominación genérica.

“En esta ocasión se trata del misoprostol y mifepristona, dos medicamentos que se utilizan para inducir la interrupción del embarazo. Es necesario que en México exista información sobre el proceso, dificultades y posibles secuelas que éstos pueden provocar a las mujeres que los ingieren”, dijo el comisionado Joel Salas Suárez.

Salas Suárez expuso que, cuando el embarazo es producto de una violación, es legal interrumpirlo en todo el país, mientras que, en 14 de 32 entidades, es posible si se afecta el estado de salud de la mujer, en 16 por alteraciones genéticas del feto, y en dos es legal por cuestiones económicas.

“Hacerlo por voluntad de la mujer es legal en la Ciudad de México, desde el año 2007. A partir de entonces, hasta abril del presente año, 176 mil 109 mujeres ha realizo esta práctica en la capital, 125 mil 127 son originarias de esta ciudad y 44 mil 608 del Estado de México y mil 38 del estado vecino de Puebla”, precisó el comisionado.

La instrucción se origina tras la petición de información de un particular y la respuesta corta de la Cofepris, por lo que, a propuesta del comisionado Salas Suárez, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta y le ordenó efectuar una nueva búsqueda de la información requerida, en todas las unidades administrativas que por materia de su competencia podrían contar con ésta, dentro de las cuales no podrá omitir las ya referidas y la entregue al particular.


aa

 

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