Uber POOL dejará de operar en México
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Uber POOL dejará de operar en México

El nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México busca restringir a los servicios de choferes privados y esta opción quedaría fuera. Conoce las demás disposiciones.


Uber POOL dejará de operar en México | El Imparcial de Oaxaca

Con el nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, publicado el viernes pasado, el gobierno capitalino busca restringir a los servicios de choferes privados y pretende prohibir el de uberpool.

También pedirá exámenes toxicológicos a quienes manejen transporte público y para marchar se deberá tener un permiso con 48 horas de anticipación.

De acuerdo con el reglamento, tampoco se permitirán las “bolsas o paquetes” grandes que estorben a otros pasajeros en el transporte público masivo; los camiones escolares deberán traer a personal que cuide la integridad de los menores y todos quienes aspiren a una licencia deberán pasar un examen de manejo en los centros aprobados por la Secretaría de Movilidad (Semovi) del gobierno capitalino.

Sobre las restricciones que ahora tendrán los automóviles que ofrezcan el servicios de chófer privado -como la aplicación Uber y Cabify- se añade que los autos deberán tener menos de 10 años de antigüedad, estar registrados para este propósito ante la Semovi y tener calcomanía cero o doble cero.

Con respecto al Artículo 59, quedaría “prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta”.

Según fuentes consultadas de la propia Semovi, con esto ya no estarán disponibles servicios como uberpool.

Con el Reglamento que entró ya en vigor, todas las marchas deberán pedir un permiso, cuando menos, 48 horas antes de realizar su movilización.

Se lee que “para la realización de desfiles, caravanas, manifestaciones, peregrinaciones o cualquier otro tipo de concentración humana de carácter político, religioso, deportivo, recreativo o social, cuya finalidad sea perfectamente licita y que pueda perturbar el tránsito en las vías, la paz y tranquilidad de la población de la ciudad, es necesario que se dé aviso por escrito a la Secretaría de Seguridad Pública, con por lo menos 48 horas de anticipación a la realización de la misma”.


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