En Oaxaca, capacitan en protección a víctimas de violencia de género
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En Oaxaca, capacitan en protección a víctimas de violencia de género

Autoridades de la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña (SMO) y la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, iniciaron el curso “La Aplicación de Órdenes de Protección a Víctimas de Violencia…


En Oaxaca, capacitan en protección a víctimas de violencia de género | El Imparcial de Oaxaca

Autoridades de la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña (SMO) y la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, iniciaron el curso “La Aplicación de Órdenes de Protección a Víctimas de Violencia de Género”, a fin de garantizar el acceso que tienen las mujeres a la justicia.

Para esta capacitación, la Secretaría gestionó recursos ante el gobierno federal a través del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, para dotar de las herramientas teóricas y metodológicas sobre el procedimiento y la importancia de la aplicación de este mecanismo.

Con este curso, los participantes podrán identificar los casos de violencia de género que ameriten medidas de seguridad y órdenes de protección.

La titular de la SMO, Mariuma Munira Vadillo Bravo, se pronunció porque los procesos de actualización sean permanentes y destacó la disposición e interés del personal de la Fiscalía en la realización de estas acciones en favor de las mujeres oaxaqueñas.

En representación de la subsecretaria de Prevención de la Violencia de la Fiscalía General del Estado, Ana Gasga Pérez destacó la importancia de que esta dependencia cuente con servidoras y servidores públicos capacitados en materia de órdenes de protección, para responder favorablemente a los procedimientos judiciales correspondientes.

Recordaron que en el artículo 24 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las órdenes de protección son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, y son fundamentalmente precautorias y cautelares, las cuales deberán otorgarse por la autoridad competente inmediatamente que conozca de hechos probablemente constitutivos de infracciones o delitos que impliquen violencia de género contra las mujeres.

El artículo 25 de la misma ley señala también que las órdenes de protección son personales e intransferibles y podrán ser de tres tipos: emergencia, preventivas y de naturaleza civil.


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