Ordena juez federal clausurar gasolinera en Oaxaca
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Ordena juez federal clausurar gasolinera en Oaxaca

Hay riesgo de que se contamine el agua potable que se suministra a miles de oaxaqueños de la capital


Ordena juez federal clausurar gasolinera en Oaxaca | El Imparcial de Oaxaca

El juez Cuarto de Distrito, Pedro Guerrero Trejo, determinó suspender el funcionamiento de la gasolinera ubicada en Brenamiel y ordenó a Petróleos Mexicanos (Pemex) cancelar el suministro de combustible por el peligro que representa.

Lo anterior, por contravenir disposiciones legales y administrativas, así como por el riesgo de que se contamine el agua potable que se suministra a miles de oaxaqueños de la capital.

El pasado 22 de agosto de 2017, resolvió que “se considera procedente conceder la suspensión definitiva solicitada, para que las autoridades responsables, de inmediato, en el ámbito de sus facultades, emitan las providencias necesarias a efecto de suspender el funcionamiento de la estación se servicio denominada T Estación de Servicios Gasolinero, Sociedad Anónima de Capital Variable”.

El propietario de la gasolinera T Estación de Servicios Gasolinero, SA de CV, Gerardo Reyes Martínez, construyó los tanques de almacenamiento de combustibles, con capacidad de más de 200 mil litros, encima de uno de los principales ductos que surte de agua potable a más de 90 colonias de la ciudad de Oaxaca, a pesar de que Protección Civil dictaminó que no era factible su construcción por el riesgo latente de contaminación.

Terminó la construcción de su gasolinera en este año y abrió el servicio al público el 26 de junio, ignorando el dictamen oficial que concluye que es inviable su funcionamiento, así como las resoluciones judiciales en contra de la empresa y las clausuras que en diferentes momentos hicieron Protección Civil y Ecología.

Inconformidad de los vecinos

Ante estas irregularidades y violaciones a las resoluciones judiciales y de las autoridades de Ecología y Protección Civil, un grupo de vecinos promovió ante el Juzgado Cuarto de Distrito el incidente 1097/2016, como parte de los procesos en contra de la ilegal construcción y funcionamiento de la gasolinera.

El juez federal especificó que “se considera que de no otorgar la suspensión definitiva (…) se corre el peligro de contaminar el ducto que suministra agua potable a la ciudad de Oaxaca, pudiéndose ocasionar un fenómeno perturbador sanitario y ecológico de consecuencias irreversibles…”

Aclaró también: “…hasta este momento, no existe evidencia relativa a que se hubiera hecho alguna obra de desviación relativa a la tubería mencionada, o bien, una modificación a los tanques de almacenaje de combustible a que se refiere el reporte de vulnerabilidad emitido por la Coordinación Estatal de Protección Civil del Estado de Oaxaca (CEPCO)”.

En su Reporte de Factibilidad de la gasolinera, realizado el 10 de marzo de 2015, la Coordinación Estatal de Protección Civil determinó que “la línea de conducción de agua potable, por la naturaleza de sí misma, tiene un derecho de vía preponderante ante cualquier tipo de proyecto cual fuere su finalidad”.

Asimismo, establece que “dado el tipo de material que constituye la línea de conducción de agua potable” y de los tanques de almacenamiento de combustible, susceptibles a la corrosión, “existe una probabilidad latente de contaminación del agua potable, lo que deriva en una amenaza sanitaria ecológica de riesgo alto para su uso en la población”.

La CEPCO determina que este proyecto no es factible por su ubicación no es factible por su ubicación en la dirección que señala el proyecto, por el riesgo latente por la posibilidad de una fuga de agua o contaminación de la misma en el tramo que se localiza en los tanques de almacenamiento de combustible.