Pierden registro PMR y PSD; PUP lo mantiene: IEEPCO
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Pierden registro PMR y PSD; PUP lo mantiene: IEEPCO

En sesión extraordinaria del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) determinó iniciar el procedimiento de liquidación de los partidos que no alcanzaron el porcentaje mínimo de la votación requerida.


Pierden registro PMR y PSD; PUP lo mantiene: IEEPCO | El Imparcial de Oaxaca

En sesión extraordinaria del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), y como único punto del día, se determinó, con cuatro votos a favor y tres en contra, iniciar el procedimiento de liquidación de los partidos De Mujeres Revolucionarias (PMR) y Social Demócrata (PSD), al no haber obtenido el porcentaje mínimo de la votación requerida.

Por otro lado, pese a no haber cumplido con todas los lineamientos que señalan las normas electorales, consejeros del IEEPCO rescataron el registro del Partido Unidad Popular (PUP).

Por mayoría, el Consejo General del órgano electoral determinó que 2.8 por ciento de la votación que obtuvo el PUP para la diputación local y el 3.9 por ciento a concejalías es suficiente para mantenerse como fuerza política en la entidad.

Entre los funcionarios electorales que votaron en contra del Proyecto de Acuerdo IEEPCOCG71/2018, fue el consejero presidente, Gustavo Meixueiro Nájera, al considerar que es contrario a los criterios aprobados por el consejo general, en la lectura del artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos.

Esta ley establece que es causa de pérdida de registro no obtener en la elección ordinaria inmediata anterior por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones para diputados, senadores o presidente de los Estados Unidos Mexicanos, tratándose de partidos políticos nacionales y de gobernador, diputados a las legislaturas locales y ayuntamientos, así como de Jefe de Gobierno, diputados a la Asamblea Legislativa y los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tratándose de un partido político local.

En otro inciso, expone que también es motivo no obtener por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones federales ordinarias para diputados, senadores o presidente de los Estados Unidos Mexicanos, tratándose de un partido político nacional, o de gobernador, diputados a las legislaturas locales y ayuntamientos, así como de Jefe de Gobierno de la CDMX, diputados a la Asamblea Legislativa y los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, tratándose de un partido político local, si participa coaligado.

Esto en referencia al PUP, en lo que respecta a los partidos que iniciaron el proceso de liquidación, actualmente se ubican en la etapa precautoria, donde se analizarán los pagos que por ley les corresponden y la pérdida oficial de su registro será hasta que los tribunales la determinen.


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