Brindan atención a pacientes terminales
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Brindan atención a pacientes terminales

Encargados de las instituciones médicas apuntaron que los profesionales de la salud priorizan el derecho a la vida por sobre todas las cosas.


Brindan atención a pacientes terminales | El Imparcial de Oaxaca

Debido a que la eutanasia no está legalizada en nuestro Código Penal, el sector salud de Oaxaca brinda todos los servicios a pacientes que enfrentan enfermedades terminales.

Si bien se dio un gran paso en este tema cuando se aprobó en el artículo 11 de la Constitución de la Ciudad de México el derecho a la muerte digna, muchos medios de comunicación divulgaron erróneamente que lo que se había aprobado era la eutanasia, sin embargo, eutanasia y muerte digna no son sinónimos en lo absoluto.

Juan Díaz Pimentel, delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), resaltó que este tipo de enfermos obliga a las instituciones del Sistema Nacional de Salud a ofrecer los servicios de orientación y asesoría al enfermo en situación terminal, así como a sus familiares en el caso de que los cuidados paliativos se lleven en una casa particular.

Las reformas a la Ley General de Salud en materia de cuidados paliativos fueron enviadas al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En enero pasado, el Congreso local del Distrito Federal aprobó una ley conocida como del “bien morir” que también permite a los enfermos terminales rechazar que se prolongue su vida por medio de tratamiento médico.

Explicó que en el caso de la muerte asistida, como también se define a la eutanasia, tiene como objetivo que las personas no sufran, sobre todo cuando el paciente se encuentra en una situación donde ya no hay remedio y científicamente no hay nada que se pueda hacer para revertir los efectos y que se recupere la salud.

Mientras que el Estado, es decir, las autoridades en conjunto, tienen como base principal de su función la preservación de la vida humana, por eso no hay espacio legal para quitarle la vida a una persona bajo ninguna razón, ni si quiera por piedad, precisó.

Díaz Pimentel recordó que quienes están a favor de la eutanasia ya han logrado que se acepte en países avanzados como Estados Unidos, Francia e Inglaterra, pero en México al momento de que se realicen foros o consultas al respecto habrá una intervención muy fuerte por parte de los grupos religiosos, cuyas opiniones son respetables.

Será necesario, además, analizar de manera particular cada caso pues de igual forma las circunstancias serán muy complejas. A lo anterior se suma la necesidad de que se legisle al respecto, una tarea que está en manos del Congreso federal, despojarse de tabúes, de cosas históricas o culturales, dando voz y prestando oídos a quienes realmente se tenga que escuchar, para buscar realmente no lo mejor sino lo menos dañino tanto para las personas que lo pudieran estar pidiendo como también al resto de la sociedad.

Calidad de vida para pacientes

De acuerdo con la Secretaría de Salud, desde el punto de vista médico, mientras la persona respire los especialistas siempre buscarán la preservación de su vida porque es la principal meta de los médicos, que el paciente viva y sobre todo que tenga calidad de vida.

Sin embargo, medicamente siempre se estará limitado ante la decisión del paciente; es decir, el médico puede insistir en la necesidad de que una persona siga conectada o recibiendo asistencia en su enfermedad terminal pese a los dolores intensos, pero al final será el paciente quien tenga la última palabra para sobreponerse.

Desde el ámbito legal, resaltó la necesidad de que en las cámaras parlamentarias emanen las reformas donde haya leyes que justifiquen la muerte asistida, no obstante no es algo que ocurra en el corto tiempo.

En México, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Muerte Digna 2016, elaborada por la asociación Por el Derecho a Morir con Dignidad (DMD), de un universo de 4 mil personas, 68.3 por ciento de los mexicanos se posicionan en favor de la opción de poder adelantar la muerte en caso de que la persona esté en fase terminal, mientras que 31.7 por ciento están en contra.

El principal obstáculo para la aprobación legal de la eutanasia en México es “la falta de conocimiento” de las implicaciones reales del término por parte de la sociedad, ya que de acuerdo con investigaciones de la asociación, hay grupos sociales que “no entienden bien qué es la eutanasia”.

Cabe diferenciar la eutanasia del suicidio asistido, siendo la primera cuando el doctor aplica una inyección letal a un paciente en estado terminal y, la segunda, cuando el paciente mismo se administra un fármaco prescrito por el médico.

Ámbito legal

El artículo 166 bis 21 de la Ley General de Salud prohíbe la práctica de la eutanasia, “entendida como homicidio por piedad, así como el suicidio asistido, conforme lo señala el Código Penal”.

Este estipula, en su artículo 312, que quien preste auxilio o induzca a otro para que se suicide, será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la pena será de cuatro a 12 años.

Expone que los países que han legislado en la materia distinguen a la eutanasia de otro tipo de actos: la petición del paciente de suspender el tratamiento o de no ser atendido médicamente; la intervención que sin intención acorta la vida de un paciente moribundo, y aquella que descontinúa u omite procedimientos inútiles.

El CESOP, en su carpeta informativa sobre eutanasia, explica que, a favor de esta, que su fin es dotar de calidad de vida al paciente, que el sufrimiento prolongado debe ser inhibido y se aluden razones humanitarias. En contra, se argumenta que es difícil valorar objetivamente el dolor y ante la incapacidad del Estado para determinarlo, no se puede permitir el homicidio humanitario.


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